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Colombia
Ordenan preclusión en caso contra fiscal de chuzadas a exniñera de Sarabia
El Tribunal Superior de Bogotá concluyó que la fiscal Ángela María Santana no actuó con dolo al radicar tarde el escrito de acusación que permitió la libertad de los implicados en las interceptaciones ilegales a Marelbys Meza.
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Colprensa
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Martes, 5 de Agosto de 2025

El Tribunal Superior de Bogotá decretó este martes la preclusión del proceso penal por prevaricato por omisión contra la fiscal Ángela María Santana Toro tras concluir que no actuó con dolo al presentar fuera de plazo el escrito de acusación en el caso de interceptaciones ilegales a Marelbys Meza, exniñera de Laura Sarabia, en ese entonces exjefa de gabinete del presidente, Gustavo Petro

La Sala Penal del Tribunal determinó que, aunque Santana incurrió en un retardo funcional al radicar el escrito de acusación cinco días después del vencimiento del término legal, su conducta no fue dolosa ni buscó deliberadamente afectar el proceso. Según la decisión, el error derivó de una contabilización incorrecta de los plazos procesales, atribuida a la carga laboral y la experiencia previa de la funcionaria en casos anticorrupción, donde los términos suelen ser mayores.

La Fiscalía General de la Nación había solicitado la preclusión del proceso, bajo el argumento de la atipicidad de la conducta, al no existir elementos que acreditaran la intención de incumplir el deber funcional. El Ministerio Público y las partes intervinientes respaldaron esta postura, y el Tribunal la acogió al considerar que la acción tardía no constituyó un delito penalmente relevante.

El caso tiene origen en las interceptaciones ilegales realizadas contra Marelbys Meza y su entorno, presuntamente inducidas por agentes de la Policía y una fuente humana. Por estos hechos, fueron capturados e imputados Freddy Alexander Gómez Bustamante y Rafael Ricardo Santos Puentes en septiembre de 2023.


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La fiscal Santana, encargada del caso, presentó el escrito de acusación el 9 de noviembre, fuera del término legal de 60 días contados desde la imputación del 5 de septiembre. Debido a esto, los procesados recuperaron la libertad por vencimiento de términos, lo que generó críticas desde el Gobierno.

Sin embargo, en febrero de 2024, el Juzgado 31 Penal del Circuito revocó la decisión inicial de libertad, al considerar que el escrito se había presentado y que la situación estaba superada conforme a jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia.

Durante su declaración, la fiscal Santana explicó que su error en el conteo de días se debió a una confusión al tomar como referencia la fecha de finalización de las audiencias preliminares, y no la imputación. También indicó que sus múltiples responsabilidades como coordinadora de la unidad y sus desplazamientos por comisiones de servicio incidieron en la equivocación.

El Tribunal, al acoger la solicitud de preclusión, señaló que la conducta omisiva no se realizó con conocimiento de su ilicitud ni con voluntad de incumplir la ley. Además, resaltó que, una vez notificada de la solicitud de libertad por vencimiento de términos, Santana procedió de inmediato a radicar el escrito para subsanar la situación.

Con esta decisión, el proceso penal en su contra queda cerrado, al no encontrarse mérito para continuar la acción judicial. El fallo tiene efectos de cosa juzgada.


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