El nuevo superpoder de la Corte Constitucional tiene temblando la reforma a la salud que la ministra de esa cartera, Carolina Corcho, ha defendido a capa y espada de la mano del presidente Gustavo Petro, y que se quiere tramitar como una ley ordinaria y no como una estatutaria.
Ahora el alto tribunal podrá suspender leyes demandadas que estén en marcha como una medida cautelar, mientras estudian si existe un riesgo inminente que afecte la Constitución. Esto ya se ha advertido en el caso del articulado que pretende modificar el sistema de salud.
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Es precisamente en ese debate donde nace el riesgo porque esta nueva decisión de la Corte lleva consigo un mensaje implícito para Corcho, puesto que si la reforma no se tramita como estatutaria podría infringir la Constitución y los togados con su nuevo superpoder podrían tumbarla.
En esto coincide el abogado constitucionalista Esteban Manco Pineda, pues aseguró que con este nuevo superpoder del alto tribunal, se envió un mensaje en torno a la revisión y posible suspensión de la reforma.
Manco Pineda dialogó y planteó que con esta facultad inédita la Corte podría suspender y hundir la reforma a la salud que se está estudiando en este momento en el Congreso, teniendo en cuenta la discusión jurídica que hay en torno a su trámite.
La base de ese debate clave es que, aunque el Gobierno se ha mantenido firme en tramitar esta reforma como una ley ordinaria, voces expertas siguen insistiendo en que debería tramitarse con un procedimiento legislativo estatutario, debido a que este proyecto toca derechos fundamentales de los colombianos.
“La reforma actual de la salud podría hundirse por vicios de trámite en su procedimiento, en la medida en la que se está impulsando mediante ley ordinaria. Lo adecuado sería que se impulse mediante el procedimiento legislativo especial de ley estatutaria”, resaltó Manco Pineda.
En esa línea, el abogado apuntó que la Corte podría fácilmente usar por primera vez el nuevo superpoder con el que ahora cuenta en este proyecto de ley, ya que considera que tiene artículos que podrían ser interpretados como inconstitucionales.
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“La Corte Constitucional tiene una teoría del núcleo esencial de los derechos fundamentales. En el caso de la reforma de la salud se pretende reformar asuntos como el acceso, la libertad y la atención, que podrían ser evaluados para definir si delimitan aspectos esenciales de la salud”, agregó.
Es ahí precisamente donde recae el peso de la decisión de la Corte porque cuando un derecho fundamental, como la salud, se regula mediante una ley, esa debe tramitarse como estatutaria. Por eso, los elementos que el articulado de Corcho quiere modificar requieren que la reforma se tramite como ley estatutaria y no ordinaria como hasta ahora lo han querido hacer.
El abogado Manco Pineda asegura que en la reforma a la salud, la Corte puede encontrar aspectos manifiestamente contrarios a la Constitución, pese a todos los recursos jurídicos a los que ha recurrido el Gobierno para evitar un tropiezo de la iniciativa.
Suspendería más leyes
La reforma a la salud no es la única ley que podría resultar afectada tras la decisión del alto tribunal. Incluso la tan anhelada paz total del presidente Petro estaría en riesgo luego de que la Corte impartiera un trámite de urgencia nacional a la demanda contra ley, mientras deciden si la declaran inconstitucional o no.
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Dicha demanda se enfoca en el artículo 2 de la Ley 2272 de 2022, más conocida como la ley de Paz Total, en la que se exponen las negociaciones con estructuras armadas u organizadas de crimen de alto impacto, en las que se contempla la entrada de “los exmiembros de grupos armados al margen de la ley, desmovilizados mediante acuerdos pactados con el Estado colombiano, que contribuyan con su desmantelamiento”.
Esta nueva decisión va a permitir que el alto tribunal suspenda cualquier ley que salga del gobierno mientras la estudia a fondo, es decir que la puede dejar sin efecto de manera temporal.
Por lo tanto, para el abogado constitucionalista, Petro y el Congreso de ahora en adelante se verán obligados a analizar detenidamente y con rigurosidad cuáles van a ser sus actuaciones políticas y jurídicas para que la corte no les tumbe las leyes.
“Se trata de un mensaje dirigido a los poderes públicos. Aplica para el presidente en el evento en que legisle en casos excepcionales en los decretos materiales con fuerza de ley cuando el Congreso le otorga facultades transitorias y habilitantes, así como en el evento mismo en el que el Legislativo acuda a sus funciones constitucionales primigenias”, detalló Manco Pineda.
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