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Choque express
Considero que la socialización del cambio del articulado del Código de Tránsito, debe estar en cabeza de los responsables.
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Domingo, 16 de Octubre de 2022

Son muchas las personas que aún no conocen la norma que “soluciona” los choques de latas que con frecuencia se ven en todas las ciudades y aún más, cuando la situación se presenta en vías muy angostas en donde este tipo de accidentes, genera caos en la movilidad.


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Decidí escribir la palabra soluciona entre comillas, porque la redacción de la precipitada ley es tan confusa, que tanto los uniformados de nuestra querida institución, como los civiles que conforman el grupo de autoridades de tránsito en algunas ciudades, no tienen claro sobre las acciones a tomar o las recomendaciones que deben brindar a los conductores involucrados en una colisión. 

Se trata de la Ley 2251 del 14 de julio de 2022 que establece en su Artículo 143, que cuando se sucedan daños materiales en vehículos y no existan lesiones personales, los involucrados deberán recaudar todas las pruebas que consideren para ser entregadas a sus aseguradoras, de tal manera que sirva de material probatorio, reemplazando el informe de accidentes de tránsito, que entre otras cosas, se comenta que misteriosamente se ajustaban a favor de determinado conductor. 

De igual manera, obliga a que los actores del accidente, retiren de manera inmediata sus automotores, sea cual fuere el presunto responsable de los hechos, y si por alguna razón aparece la autoridad de tránsito, debe imponer un comparendo a cada conductor por obstaculizar el flujo vehicular. 


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La verdad, es muy confusa la interpretación de dicha ley, cuando el asunto no está claro y en cambio, aún se ven pequeños choques en vías arterias esperando la llegada de la autoridad y si por casualidad llegan patrulleros en motocicleta, pues el asunto queda igual porque la mayor parte de estos servidores no conoce la norma y su actitud solo ayuda a demorar la normalidad en la movilidad.

Considero que la socialización del cambio del articulado del Código de Tránsito, debe estar en cabeza de los responsables de esta dependencia en los municipios del Área Metropolitana que tengan estructurada y funcionando la difícil tarea de educar a los indisciplinados conductores que transitan en la jurisdicción. 

En cuanto a lo que se debe hacer en un “choque express” es tomar las fotografías y videos que sean necesarias para poder presentarlas en las respectivas aseguradoras y si no se cuenta con seguro de accidentes contra toda eventualidad, asesorarse para evaluar la posibilidad de iniciar un proceso conciliatorio en el cual le reconozcan los daños o parte de ellos, aunque soy poco optimista de sus resultados puesto que trata de aceptar o no la culpa de los hechos y es en ese momento cuando los seguros de vehículos, que nada tienen que ver con el Soat, cobran especial importancia y permiten aliviar económicamente el estrés que genera un choque express. 

Con base en lo expuesto, recomiendo retirar el vehículo del sitio de colisión una vez tomadas las fotografías pertinentes, puesto que puede llegar la autoridad y perfectamente imponer un comparendo por obstrucción en vía pública a los conductores intervinientes.  

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