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Reforma laboral: esto dice el artículo que cambia el horario de trabajo nocturno
La Cámara de Representantes aprobó el artículo que reduce el horario diurno. Conozca a partir de qué hora empezaría a regir el recargo nocturno. Cerca de 1.4 millones de trabajadores se beneficiarían, según el Gobierno.
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Colprensa
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Jueves, 3 de Octubre de 2024

En segundo debate, la Cámara de Representantes aprobó un artículo de la reforma laboral que cambia el horario de trabajo como rige actualmente.

Se trata del artículo 13, que tiene como objetivo reducir el horario diurno en dos horas, por lo que iría desde las 6:00 a.m. hasta las 7:00 p.m. Actualmente, la jornada diurna va hasta las 9:00 p.m.

Con esa modificación, la jornada nocturna iría entre las 7:00 p.m. y las 6:00 a.m. del siguiente día. Por este motivo, cambiaría el horario en el que se aplica el recargo nocturno.

Así las cosas, si la reforma se aprueba en los otros dos debates, los colombianos que trabajen después de las 7:00 p.m. empezarían a recibir el pago de horas nocturnas.


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Durante el debate, se aprobó una proposición con la que se tendría un periodo de seis meses para la reglamentación y entrada en vigencia del artículo, una vez sea sancionado como ley. Para ese fin, el proyecto aún debe terminar su segundo debate y completar otras dos discusiones en el Congreso de la República (en el Senado).

Frente al artículo original, centros de pensamiento como Fedesarrollo advirtieron que podría incrementar la informalidad hasta en 0,3 puntos porcentuales.

Sobre la cantidad de trabajadores que se verían impactados, el Gobierno señaló que esta determinación aplicaría para un estimado de 1,4 millones de trabajadores. “Son 1.389.000 trabajadores los que históricamente hacen uso del trabajo nocturno”, dijo la ministra Gloria Inés Ramírez, en defensa del artículo.

¿Cómo cambiaría el pago de horario nocturno en Colombia con la reforma laboral?

El Centro de Estudios Económicos Anif calculó las diferencias de costos que implicaría pagar el recargo nocturno con el nuevo horario.

Por ejemplo, si un trabajador que se gana un salario mínimo tuviese que seguir con su jornada hasta las 9:00 p.m, como habitualmente lo hace, con la entrada en vigencia de reforma entraría a recibir $106.000 adicionales al mes, por laborar 11 horas semanales en horario nocturno.

“El aumento en los costos de remuneración de 8,2 % para los empresarios despierta importantes preocupaciones, sobre todo para aquellas actividades que se desempeñan principalmente en horarios desde las 7:00 pm. Las ramas con mayor capacidad de generación de empleo coinciden con las que se desempeñan de noche, tales como el comercio y la construcción. Tan solo el comercio (que incluye servicios de alojamiento, comida y transporte) emplea al 33 % de los ocupados a nivel nacional”, sintetizó Anif. 


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En su diagnóstico de la reforma, el Gobierno Nacional ha defendido estos artículos presentando algunas cifras de lo que han dejado de recibir los colombianos con el cambio implementado en 2002.

Según cálculos de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales para el Ministerio del Trabajo, entre 2002 y 2022 aproximadamente 1,61 millones de trabajadores dejaron de percibir, en conjunto, $33,34 billones, de los cuales $30,8 billones serían por concepto de recargos nocturnos. Mientras que los otros $2,51 billones debido a la reducción de los recargos dominicales y festivos.

Sobre la cantidad de trabajadores que se verían impactados, el Gobierno señaló que esta determinación aplicaría para un estimado de 1,4 millones de trabajadores. “Son 1.389.000 trabajadores los que históricamente hacen uso del trabajo nocturno”, dijo la ministra Gloria Inés Ramírez, en defensa del artículo. 


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