La Opinión
Suscríbete
Elecciones 2023 Elecciones 2023 mobile
Elecciones 2023
Emerson Meneses y Klaus Faber Mogollón siguen en la competencia electoral
A los dos candidatos, uno de Cúcuta y el otro de Pamplona, los intentaban apartar de las elecciones locales de este domingo.
Authored by
Image
La opinión
La Opinión
Miércoles, 25 de Octubre de 2023

Faltando apenas unos días para las elecciones locales y regionales, muchos candidatos finalmente pudieron respirar tranquilos, luego de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) resolviera las solicitudes de revocatoria que habían elevado ante ese tribunal, con el fin de apartarlos de la contienda que finaliza este domingo 29 de octubre.


Le puede interesar: ¿Hasta cuándo se puede solicitar el medio día libre por votar?


Uno de ellos es el diputado y aspirante a la Alcaldía de Cúcuta, Emerson Meneses, inscrito por el partido Nueva Fuerza Democrática, a quien intentaban impedirle su participación en la carrera electoral por una aparente doble militancia en la que estaría incurso, toda vez que hasta junio pasado militó en el Partido Conservador, pero en julio fue avalado para estos comicios por otro partido, el del expresidente Andrés Pastrana.

Sin embargo, en este caso, los magistrados del tribunal electoral concluyeron que a Meneses le aplicaba la excepción que estableció la Resolución 7822 de 2021 mediante la cual se restableció la personería jurídica del Nuevo Liberalismo, según la cual, “Quedarán exceptuados de la obligación de haber renunciado a la curul que actualmente ocupan en representación de otros partidos, al menos con 12 meses antes del primer día de inscripción”.

En la decisión que mantiene su inscripción como candidato a las elecciones de este domingo, el Consejo Nacional Electoral determinó que el avalado por Nueva Fuerza Democrática actualmente sigue ostentando su curul como diputado “dado que se encuentra inmerso en la excepción referenciada, razón por la cual, no es necesaria la presentación de su renuncia como corporado”.


Lea también: Lo que dijo Kany García sobre el concierto que ofrecerá en Cúcuta


Adicionalmente, precisaron que en el expediente también se aportaron documentos que evidencian que Emerson Meneses cumplió el procedimiento necesario para acreditarse como antiguo militante de su nuevo partido, tal como lo exigió el CNE, y en ese sentido se acoge el argumento de que su vinculación a dicha colectividad se hizo debidamente. En consecuencia, ordenaron negar la revocatoria de su inscripción.

La misma suerte corrió el candidato a la Alcaldía de Pamplona, Klaus Faber Mogollón, inscrito por la coalición ‘Pamplona corazón de todos’, conformada por los partidos Cambio Radical y La Fuerza de la Paz.

Al exalcalde de la Ciudad Mitrada pedían revocarle su candidatura para las nuevas elecciones, pues alegaban que estaba inhabilitado para aspirar, como quiera que ejerció un empleo público que le otorgaba autoridad administrativa dentro del año anterior a la inscripción para los comicios de este 29 de octubre.


Lea aquí: La solución que lanzó Cemex para recuperar las vías con los comunales de Norte de Santander


Esa petición no fue acogida por los magistrados, por cuanto señalaron que si bien el candidato fungió como representante legal de una entidad prestadora de servicios públicos en el municipio donde pretende ser candidato, también es cierto que su renuncia al cargo se produjo dentro de los términos establecidos en la ley, es decir, 12 meses antes de la elección, y en ese sentido no se configura inhabilidad alguna.

No estaba inhabilitado

Entre tanto, ayer se conoció el contenido de la resolución mediante la cual el Consejo Nacional Electoral finalmente le dio la razón al general (r) Jorge Eduardo Mora López, candidato a la Gobernación de Norte de Santander y determinó que, en efecto, no estaba impedido para aspirar al cargo en estas elecciones.

CNE resolvió dejar en firme la candidatura del general Mora

Al general le achacaban una supuesta inhabilidad, toda vez que su hermano, Sergio Alberto Mora López, se desempañaba como director de la Rama Judicial para Norte de Santander y Arauca dentro de los 12 meses anteriores a la elección.

Sin embargo, al revisar en detalle el caso y las pruebas aportadas, los magistrados concluyeron que las funciones desempeñadas por el hermano del candidato, si bien podían entenderse como la ejecución de una autoridad administrativa “se observa que las mismas están sujetas a las órdenes, directrices y orientaciones del director ejecutivo nacional de la administración judicial, lo que conlleva a limitar la autoridad propia del director seccional”.

En consecuencia, la Sala Plena determinó finalmente que el general Mora no estaba incurso en una inhabilidad que le impidiera postular su nombre en las elecciones actuales, “como quiera que el hermano del señor, Sergio Alberto Mora López, actual director seccional de la Rama Judicial seccional Cúcuta, no ejerce efectivamente una autoridad administrativa sobre las personas adscritas a su dependencia”.

Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en https://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion

 

Temas del Día