La Opinión
Suscríbete
Elecciones 2023 Elecciones 2023 mobile
Finanzas Personales
Pensión de vejez: una carrera interminable
Estudiantes de la Unisimón, en Cúcuta, debatieron sobre el sistema pensional.
Authored by
Image
La opinión
La Opinión
Martes, 23 de Marzo de 2021

Acceder a una pensión de vejez se ha convertido en una meta casi inalcanzable para hombres y mujeres en Colombia. El Sistema de Seguridad Social vigente desde la Ley 100 de 1993 ha buscado proteger la salud de todos los habitantes en el territorio nacional y asegurar con una pensión que a futuro garantice ingresos a los trabajadores, cuando por la edad ya no puedan seguir laborando. Pero para lograr esta prestación económica es necesario cotizar durante toda la vida laboral activa. 

Cabe aclarar que el Sistema General de Pensiones funciona a través de dos regímenes paralelamente: uno denominado Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, administrado por los fondos privados, mediante un sistema de capitalización individual, que reembolsa al cotizante al llegar a su vejez una mesada relacionada con el capital que pudo haber ahorrado; y otro de naturaleza pública, con un sistema de reparto, llamado Régimen de Prima Media con prestación definida, el cual funciona bajo el parámetro del cumplimiento de requisitos.  

No obstante, en los dos regímenes se mantienen reglas para el cumplimiento de requisitos para acceder a la tan deseada pensión de vejez. En Prima Media, los trabajadores deben cotizar 1.300 semanas, con una edad, para los hombres de 62 años y para las mujeres de 57 años; mientras que en el régimen de Ahorro Individual las personas por regla general deben cumplir con un capital acumulado que permita financiar su retiro económico. Valdría la pena preguntar: ¿Hipotéticamente, el colombiano promedio que gana un salario mínimo, tiene capacidad de ahorro?

Ahora bien, las 1.300 semanas equivalen a un período de cotización de 25 años. Si tenemos en cuenta que un profesional está iniciando su vida laboral aproximadamente a los 25 años, y debe cumplir con la edad de pensión, quiere decir que le corresponde durar vinculado laboralmente alrededor de 32 años, que equivalen a 1.664 semanas, en el caso de las mujeres y 37 años, que equivalen a 1.924 semanas en los hombres; en el supuesto imaginario que pueda mantener la capacidad de cotización ya sea como dependiente o independiente.  

Resulta mucho más preocupante que actualmente 4.2 millones de personas se encuentran desempleadas y al lado de estos números, la realidad de la oportunidad laboral en el país, está marcada por la inestabilidad económica y la crisis generada por un aislamiento de más de ocho meses. En enero de este año 2021 el DANE presentó un porcentaje no solo escandaloso sino inquietante del 17.3% como tasa de desempleo, y frente a esto, resulta un verdadero reto mantener los aportes al sistema de pensiones, pues esta inestabilidad vislumbra la pensión de vejez como un privilegio inalcanzable para muchos. 

La realidad de la oportunidad laboral en el país está marcada por la inestabilidad económica y la crisis generada por un aislamiento de más de ocho meses. / Foto Cortesía

¿Cuál es la condición de la mujer?

En el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer estudiantes del programa de Derecho de la Universidad Simón Bolívar, pertenecientes al Semillero de Investigación de Derecho Laboral Contemporáneo Marcel Silva Romero, egresados y expertos invitados, organizaron un escenario virtual de discusión académica sobre el sistema pensional colombiano con enfoque de género con el fin de resaltar una problemática, que si bien afecta a tanto hombres y mujeres, en esta oportunidad, buscó enfocar esas diferencias que en la realidad laboral son visibles y claramente medibles, ya que de la población ocupada en el país, en el caso de las mujeres disminuyó un 10.8 % y en el de los hombres, se redujo en un 5.0%. 

Bajo este contexto, Johanna Duarte Rolón, profesora y directora del Semillero de Derecho Laboral de la Universidad Simón Bolívar, especialista en Seguridad Social y maestrante en Derecho Laboral, a través de foros virtuales permitió establecer un análisis frente a la normativa en materia de pensiones y sus diferencias en tanto a las realidades de la mujer trabajadora y cotizante al Sistema de Seguridad Social. Estos espacios han contado con estudios como La Brecha de Género en la Pensión de Vejez en Colombia, autoría de los abogados y maestrantes en Derecho Laboral y Seguridad Social, Angélica María González y David Esteban Rojas Segura, cuyo documento esboza el borrador del proyecto de ley para reformar los regímenes de pensiones, encontrando pertinente que se estudie el caso de la mujer. 

Lea también: Las nuevas caras nocturnas de la Catedral de Cúcuta y Basílica del barrio San Luis

Según arrojó la investigación, la Ley 100 de 1993 se quedó corta al no evidenciar un estudio social de las diversas condiciones de la mujer en Colombia. “Es evidente que las mujeres tienen mayores riesgos para sostenerse en un empleo por diversas razones en relación con los hombres”, señala el estudio.

Para González, el Sistema de Pensiones debe contemplar en sus estudios técnicos los requisitos para acceder a la pensión, así como las diferentes características de tipo biológico como la vida reproductiva y maternidad, y factores sociales como el cuidado de los hijos o la economía del cuidado, que implican largos períodos de inactividad laboral, lo cual afecta gravemente a las mujeres quienes por efectos de no cotizar, no podrían pensionarse u obtener montos muy bajos en comparación con los hombres. 

Datos estadísticos contenidos en informes del Banco Mundial, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y organizaciones sindicales, consignados en la investigación La Brecha de Género en la Pensión de Vejez en Colombia, confirman un común denominador en la ausencia de la mujer en el trabajo por el cuidado de sus hijos, lo cual no les permite acceder a un mercado laboral formal. 

Así mismo, las políticas de contratación sitúan a las mujeres muchas veces en trabajos parciales, informales y con salarios más bajos que los hombres, así ellas tengan las mismas capacidades para asumir un cargo. “Debería darse una mirada a aspectos estructurales de la ley”,  reveló el informe. 

¿Cómo reducir la brecha de género en la pensión de vejez en Colombia?

De las conclusiones del encuentro se visibilizan aspectos culturales que obligan a la mujer a asumir muchas veces solas las responsabilidades familiares. Por tal razón, se debe dar una mirada a un concepto de enfoque de derechos, el cual le permitiría tener a la mujer una participación activa. 

Le puede interesar: ¿Cómo se preparó la ciudad para la nueva temporada invernal?

Otra de las propuestas es igualar las edades entre hombres y mujeres con el fin de que se logre equiparar en tiempo el monto a cotizar, teniéndose en cuenta programas alternos contributivos que ayuden a la mujer a sopesar las cargas sociales, en las cuales se encuentra un bono por hijo. En cuanto a un sistema de capitalización individual, eliminar las tablas rentísticas y remplazarlas por tablas unisex, permitiría que la mujer se encuentre en aspectos de igualdad. 

Temas del Día