La Corte Suprema de Justicia publicó el último fallo sobre traslado de pensiones, en el que se definió en qué casos las personas que no recibieron asesoría adecuada podrán aplicar a un cambio del régimen pensional.
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Uno de los puntos sobresalientes en la reciente normatividad tiene que ver con que quienes ya están recibiendo su mesada, no podrán regresar a Colpensiones, así hayan recibido información deficiente a la hora de tomar la decisión de trasladarse a un fondo privado.
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El fallo puntualizó que si la persona que hace el reclamo tiene estatus de pensionado, es “una situación jurídica consolidada, un estatus jurídico que no es razonable revertir o retrotraer”.
El organismo añadió que eso no significa que la persona que se vea afectada no pueda obtener reparación.