El proceso de revocatoria vigente contra el alcalde de Cúcuta, Jairo Tomás Yáñez Rodríguez, tendrá el próximo miércoles 27 de enero a las 2:00 p. m., y de manera virtual, un nuevo capítulo que se constituye en la antesala a lo que será la etapa de recolección de firmas.
Inicialmente se conoció que la fecha de la audiencia pública, cuyo garante y organizador es el Consejo Nacional Electoral (CNE), era este jueves, pero tras solicitud de la Alcaldía, fue postergada seis días.
Como lo contó La Opinión, el pasado martes 5 de enero se presentó ante la Registraduría Nacional el comité que impulsa la iniciativa ‘De que se va, se va, póngale la firma’, para elevar formalmente la solicitud y entregar la documentación mediante la cual intentan demostrar que el mandatario no está cumpliendo con su plan de gobierno.
Estos mismos argumentos son los que los promotores de la revocatoria defenderán en la diligencia de la próxima semana, la cual se verá en las redes sociales del CNE.
“Para efectos de garantizar la participación de los ciudadanos interesados de la ciudad de San José de Cúcuta, departamento Norte de Santander, se habilitará la transmisión a través de las plataformas del Consejo Nacional Electoral, página web y página de Facebook”, informó el CNE.
Por los lados del comité que impulsa el mecanismo de participación ya está confirmada la asistencia del abogado y veedor ciudadano Jaime Vásquez Giraldo, quien en reiteradas oportunidades ha dicho estar preparado para demostrar que Yáñez Rodríguez no ha cumplido con lo que prometió en campaña.
Entre tanto, el alcalde de los cucuteños le dijo también a La Opinión recientemente que estaba listo para defender su gestión en dicha sesión, pues aseguró que no ha dejado de trabajar desde el primer día y ese es su principal argumento.
Para esta audiencia, el CNE designó a los magistrados Luis Guillermo Pérez Casas y Jorge Enrique Rozo Rodríguez como los garantes. También se podría dar la presencia de un representante del Ministerio Público, pero aún no se confirma su asistencia y la identidad del funcionario público.
Sobre la audiencia
La Corte Constitucional, mediante Sentencia de Unificación SU-077 del 8 de agosto de 2018, estableció la obligación de instaurar mecanismos para garantizar los derechos de información y defensa, luego de la inscripción de la iniciativa de revocatoria del mandato y antes del inicio de recolección de firmas, lo que le dio vida a la audiencia pública.
“Estas instancias no solo son necesarias para que el mandatario local respectivo exprese las razones que contrasten los motivos de revocatoria, sino también para que a partir de ese contraste se permita que los electores conozcan y valoren ambos extremos de la discusión y, de esta manera, se propicie el voto informado”, dice la sentencia.
Según el Auto 002, emitido ayer por el Consejo Nacional Electoral, en la diligencia intervendrá en primer lugar el vocero designado por el comité promotor, en este caso Jaime Vásquez, quien deberá pronunciarse “sobre los motivos por los cuales se promueve el mecanismo de participación ciudadana, los hechos referidos al incumplimiento del programa de gobierno o la insatisfacción general que justifican la solicitud de revocatoria”. Esto lo deberá hacer en un tiempo que no supere los 90 minutos.
Acto seguido se dará espacio para que cinco personas, a favor y en contra del proceso, expongan sus razones de por qué se debe apoyar o no el mecanismo de participación ciudadana.
Después de las intervenciones, posiblemente de líderes comunales, según aseguraron desde el comité de la revocatoria, se dará paso a los descargos por parte del alcalde Jairo Yáñez o de un representante de su administración. Para esto, el mandatario o su designado contará con 90 minutos para defender su gestión.
Por último, el agente del Ministerio Público, si hace presencia en el acto, también podrá solicitar su intervención.
“Durante las intervenciones podrán narrarse los hechos y presentarse los documentos que consideren necesarios para complementar su intervención, los cuales serán registrados por la secretaría de la audiencia, quien los relacionará en acta”, se lee en la normativa del CNE.
Lo que viene
Luego de la audiencia, el CNE le comunicará a la Registraduría Nacional sobre el desarrollo de la misma, con el fin de que proceda a la entrega de formularios para la recolección de las firmas con las que buscan validar la solicitud de revocatoria contra Jairo Yáñez.
El comité tendrá la misión de reunir las rúbricas correspondientes al 30% de la votación que alcanzó Yáñez en 2019, (110.057 votos), es decir que, deberán reunir 33.017 firmas válidas, de las cuales ‘De que se va, se va, póngale la firma’ espera recolectar más de 100.000.
El paso a seguir será la verificación de las firmas por parte de la Registraduría y si se reúne el número exigido, la entidad deberá, dentro de los dos meses siguientes, convocar a los ciudadanos para que se pronuncien en las urnas sobre la revocatoria.
Si se da ese escenario, los promotores deberán cumplir dos objetivos más para poder apartar a Yáñez del cargo: el primero es que el número de votantes no sea inferior al 40% de la votación válida registrada en la elección del mandatario, decir, 130.824 personas. Además, la mitad más uno de los votantes debe aprobar la revocatoria.