La Comisión Primera del Senado retomará este martes la discusión de la reforma al artículo 79 de la Constitución, que busca prohibir la exploración y explotación en los 37 páramos del país y de esta manera proteger el agua y la fauna de estos ecosistemas.
Se trata del Proyecto de Acto Legislativo 22 de 2020 de Senado, que ha tenido ya dos debates, uno en la Comisión Primera y otro en plenaria. La iniciativa está programada en la agenda para analizarse desde las 10:00 de la mañana, según el orden del día publicado en la página web del Senado.
Esta propuesta tuvo su génesis el 16 de septiembre del año pasado y fue sometida, por primera vez, a debate el 14 de octubre, siendo aprobado por unanimidad en la Comisión Primera del Senado, de la que hace parte el congresista nortesantandereano Juan Carlos García Gómez, del Partido Conservador.
Durante el segundo debate, llevado a cabo el 27 de octubre, en plenaria, los senadores que se han mostrado a favor de esta propuesta reiteraron el interés de preservar las fuentes hídricas que nacen en estos ecosistemas.
Otro de los objetivos de la reforma es proteger la fauna que vive en estos páramos, teniendo en cuenta que varios congresistas coinciden en que la explotación minera pondría en riesgo el líquido vital y su entorno.
La ponente del proyecto es la senadora del Centro Democrático, Paloma Valencia, quien ha manifestado que este acto legislativo es de mucha importancia para proteger las zonas de páramo y el agua, donde quedan prohibidas todas las actividades de exploración o explotación.
“Es un proyecto muy importante para elevar a categoría constitucional la prohibición de hacer minería de cualquier tipo en los páramos, también en las zonas de amortiguamiento que son colindantes con las sabanas, así garantizamos el cuidado de los nacimientos de agua”, dijo Valencia.
La propuesta es que el artículo 79 de la Constitución sea reformado de la siguiente manera: “Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La Ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad, integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines. El Estado tiene una especial deber de protección del agua”.
En el acto legislativo, además de la prohibición de exploración o explotación minera de cualquier tipo o de hidrocarburos en ecosistemas de páramo y sus zonas de amortiguamiento, también se estipula que “estarán prohibidas las expansiones urbanas y suburbanas, y las actividades de alto impacto en estos ecosistemas”.
“Los municipios, a través de las herramientas de ordenamiento territorial, establecerán los usos en ecosistemas colindantes a los páramos que pudieran generar daños sobre estos, en especial lo referente a minería artesanal y de subsistencia en las áreas amortiguadoras, tendientes para mitigar el impacto negativo sobre estos ecosistemas”, se lee en la propuesta.
Meses atrás, el trámite del proyecto de reforma fue calificado como un gran avance por el senador Juan Carlos García Gómez, quien aseguró que esta norma se unirá a otras que buscan garantizar la preservación de los ecosistemas de páramo en el suelo nacional.
“Le da una gran jerarquía al compromiso que tiene el Estado para la preservación y explotación minera de los ecosistemas de páramo. Esto garantizaría una seguridad jurídica para prevenir y proteger los 37 páramos del país”, dijo.