Una carta que llegó a los escritorios de los representantes legales de bancos, comisionistas, aseguradoras, cooperativas y demás entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera les recordó su deber de colaborar con la justicia y las autoridades para entregar la información que se les pida.
La Circular 32, firmada por el Superfinanciero, César Ferrari, habla de entregar información a las autoridades sin necesidad de una orden judicial, para que estas puedan acceder a datos financieros de cualquier persona. La entidad justifica que con esa acción se podrían evitar delitos.
Así, la carta, enviada el pasado 24 de mayo, dice que “los requerimientos hechos por las autoridades no requieren de orden judicial toda vez que buscan anticipar acciones delictivas, terroristas o prevenir la vulneración de derechos o libertades”.
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Y añade que se necesita que haya rapidez en la respuesta de las solicitudes, “por lo que su respuesta demanda de diligencia, oportunidad e inmediatez”.
“Es importante que, al momento de entregar información sometida a custodia o reserva, se tenga en cuenta tal calidad y se traslade la confidencialidad de los datos a las autoridades u organismos solicitantes, para el uso exclusivo de estos, en cumplimiento de su deber legal”, se lee en la circular.
De esta manera, la sugerencia a las entidades vigiladas es a que se cree un correo exclusivo que permita atender esas solicitudes de información. Y también a designar un funcionario que asuma el rol de enlace con las autoridades. Esta persona deberá mantener informado constantemente, mediante un correo electrónico, al ente judicial que solicite información.
Frente a esta solicitud, que prendió algunas alarmas en el sector bancario, Ferrari afirmó que no es algo nuevo pues, dijo, la Policía ha venido solicitando desde diciembre del año pasado la colaboración eficiente y rápida que deben tener las entidades financieras para que las autoridades puedan actuar rápido contra los delincuentes.
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¿Y la privacidad?
Una de las ampollas que levantó la circular mencionada es sobre la protección de la infamación financiera de los colombianos.
Rafael Felipe Gómez, abogado especialista en derecho comercial, explicó que es importante tener claro que la Superintendencia no está modificando el estatuto orgánico del sistema financiero en Colombia, en materia de protección de datos, privacidad, ni mucho menos en reserva bancaria.
“Las normas que regulan la protección de datos en el país establecen unos casos excepcionales para el acceso a la información de base confidencial. Por ejemplo, la ley 1581 de 2012, que es el marco general de la protección de datos, prevé qué no se requiere autorización frente a los órganos de control y demás dependencias fiscal o administrativa, cuando la información sea necesaria para el desarrollo de una investigación en curso”, dijo.
No obstante, el analista indicó que las personas deben ser conscientes sobre la información que brindan, y que esta sea clara, cierta y veraz.
“A modo de conclusión, la circular no podría, aunque quisiese, cambiar el orden legal y constitucional de la protección de datos. Sin embargo, sí es un buen recordatorio para el usuario en el sentido de leer en detalle las políticas y saber qué datos está brindando. Y por otro lado, recordarle a las entidades vigiladas las obligaciones y compromisos que en materia de protección de datos se tienen, especialmente en lo referente a la responsabilidad demostrada”, puntualizó Gómez.
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