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Colombia
Corte Suprema deja en firme el embargo del apartamento de Benedetti
La Sala de Casación Civil negó la tutela del ministro y avaló las medidas sobre el apartamento de Altos del Retiro, dentro de un proceso de extinción de dominio por presunto incremento patrimonial injustificado.
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Colprensa
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Viernes, 5 de Junio de 2026

La Corte Suprema de Justicia dejó en firme el embargo y el secuestro del apartamento que el ministro del Interior, Armando Benedetti, tiene en el norte de Bogotá, y que está atado a un proceso de extinción de dominio desde 2021.

La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural negó la tutela con la que Benedetti buscaba tumbar esas medidas. Con esa decisión, fechada el 3 de junio de 2026, le cerró por ahora la puerta a recuperar el control pleno del inmueble.

Para entender la pelea hay que precisar qué se estaba discutiendo. La extinción de dominio es el proceso con el que el Estado se queda, sin pagar nada a cambio, con bienes que considera fruto de actividades ilícitas. Lo que la Corte revisó no fue esa decisión de fondo, que aún no se toma, sino las medidas que congelan el bien mientras el proceso avanza.

En octubre de 2021, la Fiscalía 13 Especializada de la Dirección de Extinción de Dominio le impuso medidas cautelares a ocho bienes vinculados a Benedetti, entre ellos el apartamento del conjunto Altos del Retiro y $43 millones invertidos en un leasing del Banco BBVA. Según el fallo, la Fiscalía General de la Nación sostuvo que esos bienes estarían ligados a un presunto incremento patrimonial injustificado del entonces senador.


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Las medidas fueron de tres tipos y la diferencia entre ellas resultó clave. La suspensión del poder dispositivo solo impide vender o transferir el bien; el embargo y el secuestro, más severos, le quitan al dueño el control y el usufructo del inmueble. Esa distinción es justo lo que terminó discutiéndose durante años.

El primer round lo ganó Benedetti. En septiembre de 2022, el Juzgado Segundo Especializado de Extinción de Dominio de Bogotá declaró legal solo la suspensión del poder dispositivo sobre el apartamento, pero tumbó el embargo y el secuestro. También echó atrás las medidas sobre los dineros del leasing.

La Fiscalía apeló y la balanza se inclinó. El 19 de enero de 2026, la Sala de Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá revocó esa parte y declaró legales el embargo y el secuestro del apartamento. Sobre los dineros del leasing dejó en pie únicamente la suspensión del poder dispositivo.

Inconforme, Benedetti presentó una tutela contra esa decisión del Tribunal. Alegó que el fallo no justificó por qué eran necesarias unas medidas tan duras y que ignoró que el apartamento es el domicilio familiar, donde viven menores de edad.

A eso sumó un reparo técnico sobre las pruebas. Según el ministro, la causal que invocó la Fiscalía exige demostrar no solo un patrimonio sin explicar, sino indicios de que el dinero tiene origen ilícito. Sostuvo que los informes contables apenas mostraron un patrimonio “por justificar” y no uno “injustificado”, y que un dictamen previo había hallado razonables sus incrementos.

La Sala de Casación Penal de la Corte ya le había negado esa tutela en febrero de 2026. Benedetti impugnó y el caso llegó a la Sala Civil, que ahora confirmó esa negativa.


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Por qué la Corte le dio la razón a la Fiscalía

La Sala Civil, con ponencia del magistrado Juan Carlos Sosa, partió de una regla conocida: la tutela no sirve para reabrir un pleito que ya resolvió el juez competente, salvo que la decisión sea arbitraria o carezca de todo sustento. Y concluyó que ese no era el caso.

Para la Corte, el Tribunal sí motivó su decisión y aplicó la norma y la jurisprudencia pertinentes. El fallo recordó que estas medidas se evalúan bajo un estándar de probabilidad, no de certeza, porque el proceso apenas está en curso.

El punto de fondo fue el riesgo de que el bien se esfumara. El Tribunal halló acreditado que Benedetti tendría capacidad de ocultar propiedades poniéndolas a nombre de familiares y conocidos.

Como soporte, el fallo cita que Benedetti habría escriturado tres inmuebles en Puerto Colombia a nombre de su esposa, Adelina María Guerrero Covo, y que el apartamento bajo estudio, junto con un local, aparecían a nombre de Ruby Corredor. La Fiscalía también señaló que el Ministro obtiene rentas de varios bienes que no habita, incluida la casa adquirida por leasing.

No todo quedó en contra del funcionario. Sobre los $43 millones del leasing con el BBVA, la Corte mantuvo la decisión de declarar ilegales el embargo y el secuestro, y dejó solo la suspensión del poder dispositivo. La razón es que ese dinero está depositado en el banco y Benedetti no lo usa ni goza de él, de modo que no hay un riesgo que justifique medidas más fuertes.

El caso, además, no está del todo cerrado. La Corte ordenó enviar el expediente a la Corte Constitucional, que podrá escoger el caso para revisarlo; si no lo hace, la negativa de la tutela quedará definitivamente en firme.


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