El director de la Policía Nacional, general Jorge Luis Vargas, informó que a través de la Resolución 01716 del 31 de mayo del año en curso se establecieron los parámetros que se deberán utilizar en el empleo de armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales por parte del personal de la institución.
En el documento precisa que los uniformados antes de utilizar estas armas menos letales deben agotar todas las vías del diálogo a través de los mecanismos de comunicación y disuasión disponibles.
Específica además que las armas, municiones, elementos y dispositivos utilizados deberán ser sólo los proporcionados por la institución y que hagan parte de la dotación correspondiente.
En el documento también se detalla que el uniformado deberá advertir a los infractores cuando se va a utilizar este tipo de armas, a menos que la advertencia ponga en riesgo la integridad de Policía.
De igual forma manifiesta que al ser utilizado deberá realizarse un material fílmico que permita dar claridad a la intervención de la institución.
El uniformado que utilice algún tipo de arma tendrá que entregar un informe detallado, precisando las circunstancias de tiempo, modo y lugar que llevaron a accionarla en medio de los hechos.
Si durante la intervención se llega a presentar algún tipo de lesión, el uniformado está en la obligación de prestar los primeros auxilios, al igual que debe llevar al lesionado hasta un lugar de atención médica e informar a los familiares del mismo sobre lo sucedido.