El Tribunal Superior de Bogotá decidió mantener la medida de aseguramiento contra el exsenador Richard Aguilar, dentro del proceso que se sigue en su contra por la presunta celebración irregular de contratos de infraestructura.
El togado consideró que la medida de aseguramiento que impuso la Corte Suprema a Aguilar debía mantenerse al considerar que de permanecer libre era inminente una afectación al proceso, es procedente y de ninguna manera afectó el derecho al debido proceso.
El magistrado rechazó la petición de Iván Cancino, abogado defensor del exsenador, con el argumento de que la renuncia al Congreso no implica que el procesado pueda elegir su juez o buscar unas mejores condiciones en su proceso.
El Tribunal consideró que, de dejar a Aguilar en libertad, se desconocería el principio de igualdad al cambiar de juez y añadió que, al pasar el proceso de la Corte a la Fiscalía, no se pierden los efectos de la indagatoria realizada al exsenador en el mes de junio.
Además, consideró que no hay evidencia de que en esa diligencia se hubieran cometido irregularidades o se hubiese afectado los derechos del procesado y señaló que se actuó conforme al segundo capítulo de la ley 600. por lo cual, "no resulta razonable que por su renuncia al Congreso se tenga que tumbar la decisión, porque se realizó todo en base de la ley".
Agregó que “declarar inconstitucional la medida de aseguramiento, generaría una especie de incertidumbre que violentaría el derecho de igualdad, una desorganización en la administración de justicia... Con la renuncia pretenden declarar nulidad y lo anterior no procede”, dijo el magistrado en su decisión.
Para finalizar, el magistrado aseguró que de acoger la decisión, “se llegarían a absurdos sitios interminables, si en dado caso el procesado, luego de renunciar a su cargo en el futuro es nuevamente elegido y adquiere la condición de aforado en su calidad de congresista".
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La defensa interpuso un recurso de reposición y aseguró que la petición no significa que se esté pidiendo la nulidad de la actuación de la Corte Suprema.
Cabe mencionar, que según la investigación de la Sala de Instrucción de la Corte, en la celebración de por lo menos cuatro contratos de infraestructura que se adjudicaron y desarrollaron bajo la administración de Aguilar, entonces gobernador de Santander, este habría ordenado a algunos funcionarios de la administración departamental favorecer y entregar esos contratos a ciertas personas o consorcios previamente señalados por él.
Los hechos habrían ocurrido entre 2014 y 2015, puntualmente por un contrato en el reforzamiento del Estadio Alfonso López, en la Villa Olímpica de Bucaramanga, en 2015, por un valor superior a los 24.000 millones de pesos.
Según la Corte, Aguilar habría obtenido para beneficio propio más de 2.400 millones de pesos producto de “coimas”, y habría permitido la apropiación por terceros de recursos públicos del Departamento de Santander, por más de 3.500 millones pertenecientes al contrato de obra No. 0766 de 2015, para el reforzamiento estructural del estadio de Bucaramanga.
Aguilar deberá responder entonces, por su presunta participación en los delitos de celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales, interés indebido en la celebración de contratos, concierto para delinquir agravado y peculado por apropiación.
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