La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado conceptuó que las investigaciones con miras a la vacuna del COVID-19, así como el anticipo solicitado por las farmacéuticas para garantizar las eventuales dosis, sí pueden ser financiados con los recursos para la salud que provengan del Fondo de Mitigación de Emergencias (Fome), que fue creado para agilizar los procesos de financiación generados por las diversas calamidades propias de la pandemia.
Según el pronunciamiento de la corporación, frente a la conquista de la vacuna para Colombia, es inaplicable la prohibición prevista en la ley que regula el derecho fundamental a la salud y que impide que recursos previstos para brindar esta garantía puedan ser utilizados en la financiación de servicios y tecnologías que se encuentren en fase de investigación.
Así respondió la Sala de Consulta a un concepto solicitado por el Ministerio de Salud, que buscaba esclarecer si la prohibición legal para dirigir recursos de la salud a servicios o tecnologías que estuvieran en fase de investigación, podría impedir la financiación de las señaladas iniciativas con recursos del Fome.
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El concepto indicó que los recursos ordinarios para la salud sí pueden ser empleados en las investigaciones y para pagar el anticipo exigido por las farmacéuticas, siempre y cuando los recursos del Fome terminen siendo insuficientes para tales fines.
Ello se explica porque la gravedad de la pandemia así lo exige, lo cual se acoge a los presupuestos de inaplicabilidad de la restricción de uso de recursos de la salud para iniciativas que están en fase de investigación, que han sido señalados por la jurisprudencia constitucional.
Así las cosas, si el Gobierno decide realizar una inversión como la descrita, debe recurrir inicialmente al Fome.
La Sala aprovechó la consulta para exhortar al Ejecutivo y, por su conducto, a los ministerios de Salud y el de Ciencia, Tecnología e Innovación a que en el futuro se fortalezca la financiación y estructuración de proyectos como los que motivaron la consulta, en el entendido de que la ley que regula el derecho fundamental a la salud señala que los esfuerzos en este campo deben estar orientados a la promoción de tecnología y nuevos conocimientos que permitan robustecer ese servicio.