Salió, con fecha 28 de junio de 2019, la llamada ley para el fortalecimiento de la región administrativa de planificación, y se establecen las condiciones para su conversión en región en entidad territorial, presentada como una ley de descentralización, pero que puede resumirse como descentralización absolutamente centralizada.
Vayamos extrayendo las perlas para nuestro collar. La ley busca “fortalecer” la región administrativa de planeación (RAP), sin definir qué quiere decir fortalecer. En el artículo 4, al definir la RAP se establece que la RAP surge de un acuerdo entre departamentos, para constituirlas. Y aquí viene la primera perla: “previo concepto de la Comisión de Ordenamiento Territorial del Senado”. Se entiende que el legislativo haga las leyes, lo que no entiendo es porque el senado debe dar un concepto, que no se dice si es de obligatoria aplicación, o si puede rechazar la creación de una RAP, por encima de la voluntad regional. Lo único que se me ocurre es que los senadores quieran “cobrar peaje” por crear estos nuevos entes.
La segunda perla es que este ente se debe hacer con recursos de la región, y el gobierno nacional “podrá”, si quiere, y nunca quiere, ayudar a los proyectos propuestos por las RAP. Algunos, inocentemente, pensábamos que la intención era fortalecer la autonomía regional mediante una planeación holística desde lo local a lo territorial, pero parece que no es así porque un departamento puede pertenecer a varias RAP (parágrafo 5, artículo 4). Tercera perla.
La cuarta perla es que “todo proyecto de inversión debe ser formulado de conformidad con las metodologías y lineamientos que defina el Departamento Nacional de Planeación” (artículo 6); no sólo la región requiere concepto centralizado del legislativo, sino que a pesar de sus particularidades debe seguir estrictamente lo que diga Planeación Nacional en unos manuales que no pueden ser controvertidos por las regiones. Y no sólo los manuales, sino los lineamientos sin definir eso que significa.
La Región Entidad Territorial (RET) es una profundización de ese acuerdo interdepartamental que obliga a un referendo de la población residente. Y vuelve y juega, la solicitud debe ir al Congreso para convertirse en ley, con el concepto previo de que hablábamos en la perla uno. El referendo va después del Congreso; es decir, la voluntad popular se supedita a la decisión del Congreso. Esta quinta perla es la primera perla fina. Aquí si cada departamento debe pertenecer a sólo una RET. Vicios que vienen del fast-track santista.
Ahora viene la viveza de la burocracia y los políticos colombianos, estilo Santos que volvió combustible limpio al mugroso diésel. Las RAP podrán ser RET a partir del 8 de agosto de 2022 (parágrafo 3, artículo 9), al día siguiente que este gobierno entregue el poder. Es decir, le deja el chicharrón al otro; esto es igualito a cuando Santos aprobó bajar el 4 por mil a partir del año 2019, cuando él ya no fuera presidente. Y preguntan porque el país es corrupto: la viveza es el primer atributo del corrupto. Y esta es la sexta perla y la segunda perla fina. La tercera perla fina (perla 7) destruye cualquier posibilidad de planeación conjunta: “Las competencias y atribuciones de los Gobernadores y Alcaldes no sufrirán menoscabo alguno” (art 11). Es decir, cada uno sigue por su lado.
Y la perla principal y central del collar: “La paz integral será el fin esencial de la Región Entidad Territorial (RET) como valor fundamental del Estado Social de Derecho que rige en Colombia”. No es el desarrollo el objetivo del ordenamiento territorial, sino la paz, y además integral, sin saber si se refiere a paz sin levadura, o a que el acuerdo Santos-farc regirá las regiones por encima de la Constitución Nacional. De esa duda nos sacará le Corte Constitucional cuando siente jurisprudencia político-jurídica, que como nos tiene acostumbrados, casi siempre es privilegiando el acuerdo Santos sobre la Constitución Nacional. El gran consuelo es que estos entes, como los cientos de comisiones y comités burocráticos sólo son argucias políticas para crear más burocracia, gasto y drenaje de fondos públicos.