El día sin carro y sin motocicleta, es una estrategia utilizada para mejorar la movilidad en las grandes ciudades y además, medir el impacto ambiental que resulta de la reducción significativa del tránsito automotor y la misma está próxima a cumplir los primeros veinte años desde su inicio en la ciudad de Bogotá.
Cada burgomaestre escoge una fecha y la misma es socializada ante la ciudadanía y a la autoridad ambiental, de tal manera que los despistados conductores no sean objeto de sanciones.
En Cúcuta, el día sin carro y sin motocicleta ha sido intermitente, puesto que no se cuentan con muchos registros y además, es el día escogido no es el más apropiado y por lo tanto se desvanece la razón del ejercicio, toda vez que un Viernes Santo, no es día crítico en la movilidad y en cambio si afecta el sector comercial.
Lo anterior, tiene una lógica técnica y de ahí que en el resto del país, se escogen fechas en las cuales la actividad académica y comercial esté en sus puntos más altos, de tal manera que se pueda conocer en cuánto se reduce la venta de gasolina, el impacto en las ventas por intermedio de los gremios que representan a los comerciantes y además, obtener registros válidos relacionados con la calidad del aire.
Infortunadamente en Cúcuta, se realizó el día sin carro y sin moto un Viernes Santo, aspecto que no tiene lógica alguna y en cambio, el malestar se hizo público en el sector que representa a los restaurantes.
Con base en los datos suministrados por la autoridad ambiental, la calidad del aire tuvo una mejora muy reducida (32%), lo cual hace presumir que el servicio público en la modalidad de buses y busetas son los mayores aportantes de material particulado, si tenemos en cuenta que ese segmento de automotores, fue el que estuvo activo ese día.
Es necesario ajustar los controles en los Centro de Diagnóstico Automotor (CDA), para determinar si los equipos que utilizan para la realización de las diferentes pruebas, están ajustados y calibrados por empresas acreditadas ante el IDEAM, ente rector en materia de normativa para la revisión de los dispositivos que se utilizan en la evaluación vehicular.
Además, la autoridad de tránsito puede perfectamente realizar una verificación del Certificado de Revisión Técnico Mecánica y de Gases, a todo el parque automotor de servicio público tipo bus y buseta, haciendo uso del Registro Único Nacional de Tránsito.
De esta manera, se puede sancionar a los propietarios de dichas unidades, que violan la ley, enferman y matan lentamente al grueso de los ciudadanos.
Concluyo, que se necesita voluntad y mano fuerte en la revisión tanto de los CDA, como de los documentos que por ley deben tener ese tipo de vehículos y todos aquellos que luego de seis años de su matrícula, transitan en las vías públicas.