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Cúcuta
Crearán política para que las mascotas se movilicen de forma segura en el transporte público
Los municipios metropolitanos aprobarán el acuerdo.
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Viernes, 19 de Agosto de 2022

El Área Metropolitana de Cúcuta (AMC) a través de la Subdirección de Transporte Público está trabajando en la creación de un acuerdo que reglamente las normas y pautas para el transporte seguro de animales de compañía en busetas y taxis, entendiéndose como seres sintientes domésticos, de asistencia y de soporte emocional.


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Será un acuerdo metropolitano en el que se definirán las obligaciones y prohibiciones para los propietarios de las mascotas, así como para los conductores de transporte público, el cual se espera que esté listo antes de finalizar el 2022. 

Por esta razón, como primera fase para la elaboración de este proyecto, el AMC generó una encuesta con la que buscan medir y validar por parte de los ciudadanos que residen en los municipios metropolitanos, información clave como: cuáles animales consideran que son domésticos, cuál creen que es la forma correcta de transportar a una mascota en buseta y/o taxi, cuál consideran que es el lugar adecuado dentro del vehículo para transportar a las mascotas, si consideran que todos los animales deben portar el carné de vacunación, entre otras. 

Camila Flórez Ardila, integrante del equipo de apoyo socio-jurídico de la Subdirección de Transporte Público del AMC y quien junto a Angie Velandia Rueda y Mateo Piza Chaustre están a cargo del proceso, explicó que esta iniciativa nació a través del Acuerdo 24 del 10 de diciembre de 2021 que firmó el alcalde de Cúcuta, Jairo Yáñez, para institucionalizar y reglamentar las condiciones que garanticen el “acceso, libre y segura movilidad de animales en el transporte público”. 


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“Colombia ya cuenta con una guía que creó la Superintendencia de Transporte para que los animales se transporten en un vehículo o avión, y la sociedad sabe que los animales se pueden subir a un bus o taxi, pero muchos no saben cuáles son los parámetros, entonces queremos ser la primera entidad territorial en tener condiciones dignas y seguras que beneficien al gremio de pasajeros, de transporte y a los animales”, mencionó Flórez. 

La funcionaria destacó que, en Colombia, a través de la Sentencia C-439 del 2011, “toda persona tiene derecho constitucional a acceder al servicio de transporte público de pasajeros, con los animales que tenga –de acuerdo con las reglas que estén vigentes para tal efecto”, esto, teniendo en cuenta que, anteriormente, solo se permitía el transporte de perros lazarillos.

Flórez manifestó que ya se han reunido con los empresarios del gremio de busetas y taxis de Cúcuta y el área metropolitana, para socializar las pautas de cuáles animales pueden ser transportados, si deben ir con correa y/o bozal, la forma en que se transportarán, entre otros aspectos.


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Conductores de la ciudad apoyan la creación de este acuerdo, señalando que los animales también son parte de la familia y merecen un trato digno. / Foto: Jorge Gutiérrez / La Opinió

 

Tenencia responsable 

Víctor Caicedo, concejal animalista de la ciudad de Cúcuta y quien también lidera el proceso, señaló que con este acuerdo  buscarán que las personas adopten una cultura de tenencia responsable de seres sintientes, es decir, que cumplan con la normatividad de transportarlos en guacales, de mantenerlos con correa y/o bozal, de tener el carné de vacunación al día. 

“El tenedor debe conocer a su animal, es decir, saber si está en condiciones de transportarlo en un bus o taxi, que no le dé nauseas o algún factor externo afecte la salud del animalito y esas son cosas que se han venido tratando en las mesas de trabajo con el AMC”, dijo Caicedo. 


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El munícipe precisó que está prohibido transportar animales de fauna silvestre, por lo que, con el acuerdo metropolitano, esperan mitigar estas acciones ilegales. 

La Opinión consultó a conductores de taxis y busetas de la ciudad, quienes indicaron estar de acuerdo con una reglamentación para este tipo de casos, pues aunque la mayoría de chóferes aseguró que no niega el servicio para transportar mascotas, no todos los dueños de animales cumplen con las medidas.

“Por ejemplo en la buseta se sube gente con perros o gatos, a veces los traen envueltos en sábanas o cajitas y no tengo ningún problema, porque los animales siente igual que nosotros, pero hay personas que quieren subir perros muy grandes y pues eso a veces es complicado, porque invaden otro puesto y claro no lo pagan o lo suben sin bozal y es un riesgo para los otros pasajeros o uno como conductor”, dijo un conductor de buseta.


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Conductores de la ciudad apoyan la creación de este acuerdo, señalando que los animales también son parte de la familia y merecen un trato digno. / Foto: Jorge Gutiérrez / La Opinión

 

Guía Superintendencia de Transporte 

De acuerdo con la guía que tiene la Superintendencia de Transporte, los usuarios del servicio de transporte público en el modo aéreo, terrestre y acuático pueden transportar a sus mascotas y animales de asistencia, siempre y cuando sean tenidos y transportados en condiciones de salubridad, seguridad, comodidad y tranquilidad que no generen afectación a los demás pasajeros. 


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¿Cuáles animales pueden ser transportados en servicio público?

1. Los animales domésticos, aquellos que pertenecen a especies que viven ordinariamente bajo la dependencia de las personas.

2. Animales de asistencia, aquellos que se acreditan como ayudas vivas para facilitar la accesibilidad de las personas con condiciones especiales (física o psíquica).

3. Animales de soporte emocional, aquellos que son necesarios para el bienestar emocional de un pasajero, cuya condición esté relacionada con la salud mental. 

Está prohibido el acceso de animales salvajes, aquellos que viven naturalmente, libres e independientes de las personas, y también de los que están domesticados, es decir, que, siendo salvajes por naturaleza, se han acostumbrado a la domesticidad y tienen cierta dependencia frente a las personas.

 

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Para el transporte de mascotas 

1. Utilizar los instrumentos de seguridad, como bozales y guacales, o contenedores destinados a su movilización.

2. Portar los documentos de certificación de salubridad, como el carné de vacunación, en el que conste su regularidad y actualidad. 

3. Evaluar con responsabilidad las condiciones propias del animal, a efectos de determinar si el transporte podría representar un riesgo para su salud.

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EQUIPO JURIDICO DEL AMC. / Foto: Cortesía / La Opinión
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