Dos disparos al aire le dieron la detención domiciliaria a Orlando David Flórez Lizarazo en el barrio Panamericano.
El pasado sábado, este hombre fue capturado cuando departía con unos amigos y aparentemente, en medio de la alegría del momento, sacó un arma de fuego e hizo unos disparos al aire, pero con tan mala suerte que una patrulla de la Policía pasaba cerca y al escuchar los tiros, llegaron a dónde él estaba.
Cuando los uniformados observaron que uno de los tres hombres intentaba ocultar algo que tenía en sus manos y el comportamiento sospechoso, en seguida le pidieron una requisa y que se identificara.
“El hombre, cuando se dio cuenta que los policías se estaban acercando, intentó camuflar el arma, pero al momento de la requisa, los uniformados le decomisaron una pistola”, sostuvo una fuente judicial.
Se conoció que el capturado es un comerciante, de 24 años, residente del barrio Aeropuerto, que no contaba con el permiso para porte o tenencia de armas.
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Porte de armas
En Colombia el porte de armas se encuentra suspendido. Este permiso es una autorización con el fin de que el solicitante pueda llevar, poseer o tener el dominio sobre un arma sin que esto lo haga incurrir en un delito.
El artículo 223 de la Constitución Política de Colombia señala que, “sólo el Gobierno puede introducir y fabricar armas, municiones de guerra y explosivos. Nadie podrá poseerlos ni portarlos sin permiso de la autoridad competente”. Existen dos tipos de permisos de porte de arma: nacionales y regionales.
Los especiales de porte nacional, son expedidos por el Jefe del Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos.
Los permisos especiales de porte regional, son expedidos por el Jefe del Estado Mayor Conjunto de la Brigada Militar correspondiente. Si un permiso regional es negado, no podrá ser solicitado en otra jurisdicción.
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