Para hoy está prevista la designación del nuevo rector de la Universidad Francisco de Paula Santander (UFPS), en la que el Consejo Superior Universitario tiene como única opción de elección a Héctor Miguel Parra López quien, tras una cuestionada consulta electoral que no pudo ser tumbada vía tutela, quedó como único aspirante.
Aunque la Subdirección de Inspección y Vigilancia del propio Ministerio de Educación Nacional (MEN) se manifestó esta semana respecto al proceso, todo está dispuesto para que Parra tome su periodo número siete al frente de la universidad, el primero que se adelantará durante los próximos cuatro años y no tres, como funcionó hasta esta vigencia que finaliza.
En la carta del Ministerio, que firmó Gina Margarita Martínez Centanaro, se asegura que los señalamientos de fraude electoral contra Parra López “podría afectar la legalidad de la decisión referente a la designación de rector que se adopte en el desarrollo de la sesión ordinaria por parte del Consejo Superior Universitario”.
Ante esta razón, el MEN “procede a solicitarles que se abstengan de realizar la designación del rector de la UFPS hasta tanto esta Subdirección verifique la ocurrencia o no de las presuntas irregularidades”.
En la misiva también se da claridad que ir en contra de esta determinación ministerial, llevaría al Consejo Superior a “incurrir en multas sucesivas hasta de cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes, sin perjuicio de las acciones o sanciones a que hubiere lugar por incumplimiento de las instrucciones dadas por el MEN conforme al artículo 18 de la Ley 1740 de 2014”.
Pese a este escenario, y que actualmente el mismo MEN adelanta desde el 13 de junio de 2019 una investigación administrativa preliminar, “la elección de Parra se va a dar”, eso aseguran los mismos promotores del voto en blanco de la pasada consulta, quienes consideran que solo una medida judicial podría evitar que Parra complete un nuevo periodo.
“A pesar de esto, el Consejo puede reunirse, y por los votos que sabemos que maneja Parra, puede elegirse con cinco de los nueve votos y eso abriría un tema legal. Nosotros sabemos que ellos tienen entre sus planes de que en dos años saldría esa respuesta de inhabilidad. La pregunta es si vamos a poner a esperar dos años para que la justicia decida algo que es evidente”, le dijo esta semana César Arias a La Opinión.
¿Por qué se da la polémica?
La edad de Héctor Parra, quien supera los 70 años, es uno de los reclamos de parte de veedurías, grupos estudiantiles, de egresados, y sindicatos, y por la cual no podría asumir el máximo cargo al interior de la universidad por séptimo periodo debido a que está pensionado e inmerso en retiro forzoso.
El director Jurídico del Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), Armando López Cortés, quien fue citado en un derecho de petición enviado por los reclamantes al Mineducación, explicó lo referente al retiro forzoso.
López Cortés aseguró que con la expedición de la Ley 1821 de 2016, la edad de retiro forzoso es a los 70 años y en atención a la disposición del artículo 19 de la Ley 344 de 1996, solo los docentes universitarios en servicio activo cumplirán la edad de retiro a los 80 años, caso que inhabilitaría a Parra para ser rector.
Ante esto, el propio Parra le aseguró a La Opinión, en una entrevista del pasado 31 de mayo, que no se encuentra inhabilitado debido a que sigue ejerciendo la docencia.
“El Derecho es tan bonito que es interpretativo y de verdad yo no estoy inhabilitado. Sin embargo, esta será una decisión que se deberá tomar en lo Contencioso Administrativo. Eso del retiro forzoso es algo muy relativo, pues no hay que olvidar que los docentes tenemos un régimen especial con 10 años más para el retiro forzoso, es decir, tenemos hasta los 80 años”, apuntó.
El otro escenario que se reclama está relacionado con el voto en blanco y la votación obtenida en la pasada consulta electoral que dejó como único candidato elegible a Parra.
Para los promotores de este mecanismo, el ganador de la consulta fue el voto en blanco al obtener el 51,8% de los votos por cantidad (7.320 apoyos entre estudiantes, administrativos y docentes) frente a los 5.480 votos por Parra, que se vio superado en número de votos en la consulta de estudiantes, pero ganando en apoyos de administrativos y docentes.
El reclamo de la victoria en la consulta electoral también se adelantó a través de una tutela invocada por el abogado Ernesto Collazos Serrano, quien en unos de sus argumentos presentó el primer parágrafo del artículo 258 de la Constitución Política, que establece lo siguiente:
“Deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una Corporación Pública, gobernador, alcalde o la primera vuelta en las elecciones presidenciales, cuando los votos en blanco constituyan mayoría absoluta en relación con los votos válidos. Tratándose de elecciones unipersonales no podrán presentarse los mismos candidatos”.
Ante el reclamo, el Juzgado 001 Civil Municipal de Cúcuta declaró esta semana improcedente la acción de tutela contra el Consejo Superior Universitario, por la presunta violación de los derechos fundamentales al debido proceso, sufragio y elecciones.
El Juez David Mauricio Nava Velandia aclaró que el demandante no demostró contar con las calidades de docente, estudiante, ni vinculado al personal administrativo o de servicios permanente de la UFPS.
Para hoy, debido a la visita presidencial, es probable que el gobernador de Norte de Santander, Silvano Serrano, designe a un funcionario encargado para presidir el Consejo Superior Universitario en el que se cuenta con nueve miembros, de los cuales mínimo cinco de ellos deberán designar como rector al único candidato en la contienda: Parra.
Los promotores del voto en blanco, al cierre de esta edición, estudiaban la forma en la que se manifestarán mientras se adelanta la designación, por lo que un plantón o un ‘twiteratón’ estaban entre las opciones.
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