La Corte Suprema de Justicia condenó a siete años y nueve meses de prisión al exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos, por vínculos con grupos paramilitares.
La Sala de Juzgamiento lo encontró responsable del delito de concierto para delinquir con la finalidad de promover grupos armados ilegales y además de afrontar prisión, Ramos también debe pagar una multa de $7 mil millones y la sanción de inhabilidad de por vida para ejercer cargos públicos.
Lea también: Inició vacunación a los adultos mayores con la tercera dosis
Los hechos ocurrieron entre el 2001 y 2007 y según el alto Tribunal Ramos tuvo vínculos ilegales con Vicente y Carlos Castaño, para la financiación de las Autodefensas Unidas de Colombia.
Para el alto Tribunal, Ramos recibió dinero del extinto excomandante del Bloque Centauros, Miguel Arroyave, para la financiación de sus campañas políticas, a cambio de que les ayudara a pasar desapercibidas sus acciones al margen de la ley ante las autoridades.
Así mismo, se menciona una reunión en Medellín, en el Centro Comercial Obelisco, en la que habría participado alias ‘Jota’ del bloque Metro.
“Para la Sala, los hechos demostrados sobre el origen y objeto de la reunión, la escogencia del procesado para asistir a la misma, dada su condición de Congresista amigo de las AUC y los señalamientos de integrantes de las autodefensas sobre apoyos previos, así como su cercanía con algunos dirigentes de la organización al margen de la ley, confluyen para estructurar la asociación para delinquir”, aseguró la Corte.
En el fallo se explica que Ramos acudió a esa reunión por voluntad propia “a espaldas del gobierno nacional, en horas de la noche, en un lugar no autorizado y entre los amigos y allegados de Vicente Castaño”.
La jurisprudencia aseguró que Ramos Botero accedió aliarse con varios de los comandantes de la AUC y terminó promocionando y perpetuando su actividad criminal. “Se asoció con organizaciones paramilitares por varios años y colocó la función pública al servicio de esos grupos ilegales, contribuyendo con el creciente estado de violencia que se presentó en el departamento de Antioquia”.
La decisión deja claro que Ramos “contaba con la experiencia y preparación para comprender la ilicitud de su obrar, no obstante, lo cual se determinó en la comisión de la conducta punible”.
También se le cuestionó al exgobernador, una reunión clandestina en Bello (Antioquia) que habría sostenido con el exparamilitar Iván Roberto Duque, alias Ernesto Báez.
La fecha del encuentro ha estado en discusión, pues mientras algunos testimonios de exparamilitares indican que fue en el 2005, el exgobernador ha dicho que tuvo lugar en el 2004, durante las negociaciones de la Ley de Justicia y Paz, que posteriormente permitió la desmovilización de los paramilitares.
No obstante, la Corte indicó que en la reunión se realizó en 2005 en una finca propiedad de Hugo Albeiro Quintero, conocido como el ‘Patrón Bello’ condenado por nexos con paramilitares. Ramos siempre insistió en su inocencia y aseguró que esa reunión fue para conocer las inquietudes de las Auc, que estaban en proceso de negociación de paz.
Sin embargo, para la Corte, "el encuentro tuvo como objeto que ‘Ernesto Báez’ transmitiera el mensaje remitido por el líder de las autodefensas, Vicente Castaño, a quienes consideraban sus amigos, el acusado (Ramos) y Oscar Suarez Mira (condenado por parapolítica), para que colaboraran con sus gestiones en el Congreso a fin de que la ley de justicia y paz se expidiera de conformidad con sus intereses”, se lee en los hechos del fallo.
Así mismo, agregan, que “para la Sala, los hechos demostrados sobre el origen y objeto de la reunión, la escogencia del procesado para asistir a la misma, dada su condición de Congresista, amigo de las AUC y los señalamientos de integrantes de las autodefensas sobre apoyos previos, así como su cercanía con algunos dirigentes de la organización al margen de la ley, confluyen para estructurar la asociación para delinquir”.
El expediente abarca detalles, también, de una investigación sobre el denominado ‘cartel de la gasolina’ que consistió en el robo de hidrocarburos por parte de los paramilitares en el departamento de Antioquia.
Así mismo, se nombra “aportes de dinero que hizo Juan Carlos Sierra alias ‘el tuso’ para la campaña al senado de la Republica para el año 2000”.
Por otro lado, la sentencia desvirtuó los argumentos de la defensa del exgobernador sobre la acción de supuestos ‘testigos falsos’, puesto que no faltaron a la verdad teniendo en cuenta que “coinciden en lo fundamental en los señalamientos contra Ramos Botero por sus coaliciones con las organizaciones al margen de la ley, grupos de los que hicieron parte los testigos, con el fin de promocionarlas y asirse de ellas para obtener sus fines electorales”.
Le recomendamos leer: Dimas Puerto, presunto homicida, se salvó de la cárcel por vencimiento de términos
Cabe mencionar, que la sentencia de siete años de prisión es mucho menor a la que el magistrado Ariel Torres había proyectado en su ponencia, cuando ésta fue revelada por Noticias Uno.
Esta primera ponencia, en 2018, proyectaba nueve años de cárcel, después, cuando el proceso paso a las salas de primera instancia la segunda ponencia se proyectó 19 años.
Sin embargo, la defensa de Ramos aseguró que hubo violación al derecho del debido proceso, por la filtración de la ponencia a la prensa.
Por lo anterior, el magistrado presentó un impedimento para seguir con el caso, mismo que fue rechazado el pasado mes de septiembre.
Torres había solicitado apartarse del caso con la finalidad de preservar la objetividad y transparencia en el proceso, luego de ser cuestionado porque trabajó como magistrado auxiliar en el despacho del magistrado Eyder Patiño en 2018, donde se filtró a la prensa la ponencia que pedía dicha condena contra Ramos.
Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en http://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion