El alcalde de Villa del Rosario, Eugenio Rangel Manrique, no logró reversar una de las dos demandas de nulidad electoral que cursan en su contra por una presunta inhabilidad al momento de su elección.
Esta semana, el Tribunal Administrativo de Norte de Santander rechazó “por improcedentes” los recursos de reposición y apelación que había interpuesto la defensa del mandatario local, y con los que pretendía dejar sin efecto la admisión del proceso impulsado en su contra por Edgar Mastrangelo Rojas Montaño.
Los abogados de Rangel aseguraban que la demanda con la que se busca anular su elección como alcalde del municipio metropolitano, fue presentada por fuera de los términos que señala la ley, “es decir, después de los 30 días que concede la Ley 1437 de 2011, los cuales deben contarse desde el día siguiente de la expedición del acto que le otorgó la condición de alcalde”.
En esa medida, manifestaron que no estaban de acuerdo con que se hubiera admitido la demanda de nulidad, puesto que el Tribunal “no verificó la contabilización de los términos” y aunque el plazo vencía el 21 de enero, la acción fue radicada el 22.
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Los magistrados respondieron que para los procesos electorales, los autos admisorios no son susceptibles de recursos y en ese sentido la petición de la defensa de Eugenio Rangel era improcedente.
No obstante, ante el señalamiento que se hizo, desde el Tribunal aclararon que al momento de admitirse la demanda “sí se verificó el cumplimiento de los presupuestos procesales, como es el caso de la caducidad, por lo cual se decidió admitir la demanda” promovida por Rojas.
A Rangel le achacan una presunta inhabilidad por cuanto su compañera sentimental, Martha Pinilla, con quien vive en unión libre, se desempeñó como comisaria de familia de Villa del Rosario, dentro del año anterior a la elección.
El otro proceso que cursa en su contra fue interpuesto por quien fuera su contendor de campaña, Carlos Julio Socha.
