La ley que prohíbe el castigo físico contra los niños por parte de sus padres o cuidadores, fue aprobada por la plenaria del Senado de la República y quedó sólo pendiente de la conciliación para que pueda ser sancionada por el presidente Iván Duque.
La ponente, la senadora uribista, Paloma Valencia, sostuvo que el articulado no tiene fines punitivo y no habrá sanciones para los padres que castiguen a los menores, “quiero ser muy clara que no genera un efecto sobre los padres de familia, el proyecto es claro en que no hay efectos sobre la patria potestad de aquel que castigue físicamente a un niño”.
Resaltó que “los estudios internacionales y académicos sobre la materia demuestran que que una palmada lesiona la autoestima de los niños y ese dicho sobre que una palmada no le hace daño a nadie, no es cierto, una palmada genere inseguridad, problemas de autoestima y rompe las relaciones de confianza entre los padres y los hijos, que son fundamentales para avanzar en la educación”.
El autor del proyecto, representante liberal Harry González, sostuvo que “es una ley histórica en Colombia. El Senado aprobó la prohibición del castigo físico como método de corrección a los niños. Como autor de la idea, agradezco a todas las bancadas que respaldaron gran consenso. Solo Colombia Justa y Libres quería mantener el castigo físico”.
A su turno el senador cristiano John Milton Rodríguez manifestó que este proyecto es inconstitucional porque genera una indebida intromisión del Estado en la crianza de los hijos, “este proyecto violenta el artículo 42 y 42 de la Constitución porque se entromete el Estado en temas de corrección, educación y formación de los hijos que compete a la familia”.
La nueva legislación señala que se podrá acudir a las escuelas para padres con el ánimo de aprender sobre nuevas herramientas que les permitan corregir a sus hijos sin necesidad de utilizar los golpes.
Claves para entender el proyecto de ley
1. Esta iniciativa legislativa es de carácter pedagógico, eso quiere decir que no crea nuevos tipos penales o sanciones en contra de los padres o cuidadores.
2. El proyecto de ley se fundamenta en la creación de una estrategia nacional pedagógica, a través de la cual los padres de familia pueden acceder a orientación y acompañamiento psicológico para adquirir herramientas que les ayudarán a formar a sus hijos y corregirlos sin violencia.
3. El Código Civil autoriza el uso de “la palmadita” y el “chancletazo” para la crianza. Es esto lo que denominamos castigo físico y es lo que se quiere prohibir con el proyecto de ley.
4. Según datos del ICBF, el 82% de los jóvenes que están respondiendo por algún tipo de Responsabilidad Penal Adolescente han sido objeto de algún tipo de vulneración y castigos físicos al interior de sus hogares, lo que demuestra que el castigo físico genera una cadena de violencia, tal como lo ha explicado la directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Lina María Arbeláez.
5. El proyecto de ley respeta la autonomía de las familias y sus decisiones en torno a sus creencias, historia, cultura, religión, rutinas, etc., eso está constitucionalmente protegido, lo único que cambia es la restricción para que dichas correcciones y enseñanzas se ejerzan sin violencia. Justamente para que los padres puedan aprender sobre métodos de crianza sin golpes, el proyecto abarca una estrategia pedagógica en la que el Estado le facilita a los padres el acceso a esa información.
6. El estudio internacional más amplio hasta la fecha donde participaron 215,885 niños entre 3-4 años de 62 países de ingresos medios y bajos, concluye que a mayor uso del castigo físico o exposición indirecta a través de golpear a otro niño co-residente en el hogar, menor es el desarrollo socioemocional.