El Senado de la República aprobó este martes el régimen especial de pensiones para aquellos cotizantes que estén cerca de cumplir con los requisitos para pensionarse, según la Ley 100.
Este régimen de transición busca proteger los derechos adquiridos de estas personas y garantizarles su pensión, a pesar de la entrada en vigencia de la reforma pensional, que se daría a partir del 1 de julio de 2025.
El régimen especial establece que se mantendrán las reglas de pensión previas para aquellos cotizantes que cumplan con los siguientes requisitos:
*Hombres con 900 semanas cotizadas.
*Mujeres con 750 semanas cotizadas.
Por lo tanto, la edad no será tenida en cuenta para acceder a este régimen especial, por lo que las personas que cumplan con los requisitos de semanas cotizadas podrán hacerlo con esta transición.
¿Quiénes no podrán acceder a este régimen? Según el articulado, aquellas personas que no alcancen las semanas de cotización requeridas para acceder al régimen especial entrarán en el nuevo sistema de pilares de la reforma pensional.
Esto significa que deberán cumplir con los requisitos de cotización de la nueva reforma para poder pensionarse.
Más detalles
Diego Acevedo, abogado laboralista de Holland & Knight, detalló que, para el cómputo de las semanas, se tendrán en cuenta la totalidad de las semanas cotizadas en cualquiera de los regímenes pensionales, en cualquier época, bien sea a través de Colpensiones o fondo privado, caja, entidad del sector público o privado, así como el tiempo de servicio como servidores públicos.
Lea: Director de la Policía Nacional se disculpó por la fuga de alias Zeus en Cúcuta
“En relación con estos regímenes de transición es común que con posterioridad a la fecha de entrada en vigencia, se empiecen a presentar situaciones que harán necesario que la figura sea decantada, por ejemplo, la forma del conteo de las semanas, según lineamientos definidos por la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia”, recordó Acevedo.
El abogado insistió en que el conteo de semanas se determinará para la fecha de entrada en vigencia de la reforma pensional (1 de julio del 2025), esto implicaría que las personas puedan acumular semanas, para efectos del régimen de transición, hasta dicha fecha.
Cuestionamientos
Para Andrés Felipe Izquierdo, abogado y experto en pensiones, el régimen de transición cómo lo dispuso el Senado en la reforma pensional es “injusto, regresivo e inconstitucional”.
“En Colombia se requiere cumplir el parámetro de edad y semanas para poder ejercer un derecho pensional, en consecuencia, carece de toda lógica y sentido que ni el Gobierno nacional ni el Congreso hayan atendido las recomendaciones que diversos expertos hemos hecho con el fin de incorporar el parámetro edad al régimen de transición”, cuestionó Izquierdo.
Le puede interesar: La millonaria suma que aportan los migrantes venezolanos a las arcas de Colombia
El analista, incluso, lo calificó como absurdo y puso estos ejemplos para ilustrarlo:
*Juan de 52 años y 850 semanas cotizadas queda por fuera de la transición, “a él el sistema no lo espera 10 años para consolidar el derecho”.
*Carlos, de 38 años y 900 semanas, queda dentro de la transición, “el sistema lo esperará 24 años para pensionarse”.
En esto coincidió Acevedo: “Lamentablemente, este régimen de transición tan solo considera, para beneficiarse del mismo, el número de semanas cotizadas, pero no tienen consideración la edad de pensión, desconociendo la razón propia de los regímenes de transición, cuál es el beneficiar a aquellas personas que tienen edades cercanas a las exigidas para pensionarse”.
Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en https://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion