Dos años después de que el exalcalde de Cúcuta, Ramiro Suárez Corzo, solicitara su inclusión en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), esta justicia transicional se apresta a definir si acepta o no su sometimiento al sistema.
A comienzos de la semana, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas informó que su nombre hacía parte del amplio listado de agentes de Estado, diferentes a la Fuerza Pública, que solicitaron acogerse a la justicia especial y que su caso se encontraba bajo estudio.
Como en su momento lo contó La Opinión, Suárez Corzo, preso desde 2011 en la cárcel La Picota, de Bogotá, en donde se encuentra pagando una condena de 27 años por el homicidio del exasesor de la Alcaldía Alfredo Enrique Flórez, pidió en abril de 2017 acogerse al sistema especial de justicia, a cambio de contar la verdad no solo sobre este crimen, sino el del veedor Pedro Durán Franco, por el cual también es investigado.
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En su lugar, el exgobernante, a quien le cuestionan la influencia que sigue teniendo sobre los asuntos de la ciudad a pesar de estar detenido, solicitó que se le aplique el beneficio de la libertad condicionada, que contempla la Ley de Amnistía e Indulto.
“Es de anotar que el señor Ramiro Suárez Corzo ha permanecido por los hechos objeto de esta solicitud, en detención por más de cinco años, razón por la que, según el régimen establecido para la aplicación de una paz estable y duradera, el señor Suárez Corzo está habilitado para ser beneficiario de la libertad condicionada”, señala uno de los apartes de la carta que fue presentada por la defensa del exalcalde a la JEP.
Según se conoció, como en el caso de Suárez Corzo son dos los hechos con los que está involucrado, la Sala de Definición acumularía los procesos en uno solo.
Relación con el conflicto armado
En la solicitud de sometimiento a la JEP, la defensa del exalcalde de Cúcuta para el periodo 2004-2007, reconoce que este ha sido acusado y sentenciado por delitos relacionados con el conflicto y en ese sentido, creen que estaría habilitado para hacer parte de la justicia especial.
“Sin lugar a dudas, la presencia de un alcalde apoyado por las AUC, en una ciudad como Cúcuta, capital de un departamento fronterizo, otorgaba a las AUC una especial posición estratégica en la zona frente a sus contendores, las Farc y el Eln, aspecto que, partiendo de los hechos que la justicia ha tenido por probados, se relacionan directamente con el conflicto armado”, señala un aparte de la carta entregada en abril de 2017.
En el documento se agrega lo siguiente: “Al sentenciar y acusar a Ramiro Suárez Corzo del homicidio de dos personas entre los años antes indicados, sobretodo de la manera cómo se menciona en los testimonios de cargo que contra el mencionado existen, no cabe duda que las acciones a él atribuidas, se relacionan directamente con el conflicto, en la medida que consisten en solicitar la intervención del grupo armado AUC, con el fin de acceder al poder, cuestión que, sin duda, está encaminada al control que este grupo planteaba desarrollar”.
De la misma forma, admiten que Suárez Corzo está involucrado con dos casos en los que se le endilga el haber hecho pactos con las autodefensas, “encaminados a que este ascendiera a la Alcaldía del municipio y posteriormente beneficiar a dicha organización”.
Compromiso de decir la verdad
Al reconocer su participación en el conflicto armado y solicitar su sometimiento a la Jurisdicción Especial para la Paz, Ramiro Suárez Corzo asume, a su vez, el compromiso de contar toda la verdad en torno a los delitos por los que fue condenado y acusado.
Así lo dejó expreso en la solicitud que le presentó a la JEP, asegurando, adicionalmente, que está dispuesto a decir todo lo que sepa sobre las circunstancias del conflicto que se vivió en Cúcuta y de las cuales tenga pleno conocimiento.
También se mostró dispuesto a entregar la información que soliciten los tribunales respecto de su caso.
Junto con la solicitud, los abogados del exmandatario entregaron firmada el acta de compromiso en el que manifiesta su sometimiento voluntario a la justicia especial y a quedar a disposición de la misma, bajo la figura de la libertad condicional.
De acuerdo con lo que estableció la Sección de Apelación de la JEP, los agentes de Estado, en la solicitud de su sometimiento, deben firmar el acta y además presentar un programa concreto y claro de aporte a la verdad, la reparación y no repetición.
Una vez la Sala estudie dicho programa, definirá si acepta o no el sometimiento.
Los dos casos
Alfredo Enrique Flórez: en agosto de 2011, Ramiro Suárez Corzo fue capturado en Cúcuta, luego de ser condenado a 27 años de prisión por el homicidio del exasesor Alfredo Enrique Flórez.
Al exmandatario le demostraron que fue el determinador del crimen cometido por los paramilitares que operaron en el área metropolitana de Cúcuta y, quienes, según el fallo de segunda instancia, “actuaron por instigación de Suárez Corzo”.
Pedro Durán Franco: el veedor ciudadano fue asesinado en agosto de 2003 y el exalcalde Ramiro Suárez fue señalado de ser, igualmente, el determinador de su muerte. En el escrito de acusación se advierte que este homicidio fue perpetrado por el Bloque Fronteras de las AUC, como “un favor político que se le hizo al señor Ramiro Suárez Corzo”.
En 2013, el ya detenido exdirigente político fue llamado a juicio, pero las audiencias de la etapa probatoria se encuentran suspendidas hace ya un largo tiempo, toda vez que Suárez le revocó el poder al abogado que lo estaba defendiendo y pese a que la justicia le ofreció un defensor público, nunca dio respuesta.