Persiste el error, en razón al incumplimiento de lo establecido en el artículo 157 del Decreto Ley 2241 de 1986, respecto de la designación de las comisiones escrutadoras, en tanto que diez días hábiles antes de la fecha de la elección daría como resultado el 7 de enero de 2022, día en que el Tribunal Superior de Distrito Judicial debe proceder con la designación de los miembros de las comisiones escrutadoras, fecha de imposible cumplimiento, toda vez que la vacancia judicial finaliza el 11 de enero de 2022.
Este es el motivo en el que insiste la Registraduría Nacional para no poder organizar el proceso revocatorio contra el alcalde de Cúcuta, Jairo Yáñez, el cual está previsto para el 23 de enero, luego de ser pospuesto en dos ocasiones.
El registrador delegado electoral Carlos Alberto Leyva le envió nuevamente al gobernador de Norte de Santander, Silvano Serrano, informado la situación.
Agregó que, “en este sentido, Ia fijación de la nueva fecha de votaciones tiene como consecuencia, nuevamente, la imposibilidad material y jurídica sobreviniente para el cumplimiento del fallo, no siendo atribuible a Ia Registraduría Nacional del Estado Civil, pues el decreto de convocatoria proferido por el gobernador no observa los plazos de orden público establecidos en Ia ley”
La revocatoria contra Jairo Yáñez fue inicialmente solicitada para el 12 de diciembre. Sin embargo, la Registraduría alegó no contar con los recursos para organizar los comicios, porque, además, se encontraba organizando las elecciones de los Consejos de Juventud, entre otros comicios.
Luego, ante la vacancia judicial, el ente argumentó que en esa fecha tampoco se podía organizar. Es así como la elección para elegir si el alcalde de Cúcuta sigue en el poder o se va continúa en veremos.
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