Tras la caída de la reforma tributaria, otro controvertido proyecto de ley que hace trámite en el Congreso se convirtió en una de las nuevas banderas de lucha del paro nacional que ya completa dos semanas: la reforma a la salud.
La iniciativa se encuentra en el centro del debate y ante los reparos que han ido surgiendo en su contra por el alcance que tendría, son varios los sectores que insisten en que es necesario su retiro. La presión ha sido tal que, además de que sus mismos autores están empezando a echar para atrás sus firmas, cada vez más partidos han dicho oficialmente que no la respaldarán.
Esta reforma está consignada en el Proyecto de Ley 010 de 2020, cuyo ponente coordinador es el representante a la Cámara por Norte de Santander, Jairo Humberto Cristo (Cambio Radical), quien sostiene que la discusión frente a la propuesta surgió después de que “se abandonara un Estado Social de Derecho para entrar en un estado de opinión”.
“Es difícil desvirtuar todo lo que se dice de este proyecto de ley, pero es importante avanzar en la socialización, porque hay muchos mitos. Debemos darle un tiempo más y si no, lo mejor es no ir en contravía de lo que dice la comunidad, porque, por ejemplo, yo no voy a legislar en contra de lo que dice la gente”, planteó el congresista.
Pero, ¿qué es lo que contiene esta ley que molesta tanto?, ¿hacia dónde apunta?, ¿cuáles son los reparos que le hacen y cuáles sus beneficios? La Opinión resuelve, a continuación, algunas de esas inquietudes.
¿Por qué el texto de la reforma produce tanto rechazo en el sector salud?
En una carta enviada al Congreso de la República, la Federación Médica Colombiana, Fedesalud, la Asociación Nacional de Internos y Residentes, Asmedas Nacional, entre otras asociaciones, señalaron que este proyecto de ley no constituye una reforma estructural al sistema de salud y por eso pidieron su archivo. En la misiva, igualmente, dicen que el proyecto no resuelve los problemas develados por la pandemia de la COVID-19, ni tampoco el problema de fondo de la tercerización laboral del sector salud, al permitir todavía la contratación por prestación de servicios.
“El Proyecto de Ley 010 no desarrolla la ley estatutaria, por el contrario, la contraviene, con lo que se ponen en riesgo principios fundamentales como la destinación específica de los recursos de la salud que son públicos, la autonomía universitaria, profesional, y es regresiva respecto a los logros de seguridad en Colombia”, dicen.
¿Y qué es lo que dice en concreto el proyecto frente al personal médico?
La propuesta legislativa contempla varios aspectos que podrían favorecer o afectar al personal médico. Entre los puntos positivos se encuentra el artículo 73, que prohíbe la intermediación y tercerización laboral para el talento humano en salud: “El personal requerido en toda institución o empresa pública o privada que preste servicios de salud no podrá estar vinculado a través de figuras que hagan intermediación laboral o tercerización, o bajo ninguna otra modalidad de vinculación que afecte sus derechos laborales y constitucionales”.
¿Qué es lo negativo?
Un punto que los profesionales de la medicina consideran negativo tiene que ver con la especialización en algunos campos, pues alegan que la norma pretende que un médico de familia se especialice en un año y no en los tres años de formación que se requieren actualmente. Los gremios médicos también rechazan la idea de que la formación en las ramas de la medicina se pueda hacer no solamente en universidades, sino que tanto las EPS como la IPS puedan servir de instructores.
¿Es cierto que la reforma favorece a las EPS?
El artículo 40 de la iniciativa contempla que los recursos provenientes de la liquidación de la Unidad de Pago por Calificación (UPC) serán girados directamente por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) a los prestadores, proveedores, operadores logísticos y otros agentes del sistema y bajo las reglas que defina el Ministerio de Salud. En ese sentido, las EPS dejarán de ser intermediarias en los pagos.
¿Y es verdad que se van a transformar las EPS?
Uno de los puntos más criticados de la versión inicial del proyecto de ley proponía el cambio de las EPS a una denominación legal de Aseguradoras en Salud (AS). También se proponían normas de depuración de las EPS o cobros a las personas por el incumplimiento de citas, por la falta de adherencia a tratamientos o por el incumplimiento de las rutas de promoción y prevención en salud, pero estas propuestas fueron eliminadas.
¿El proyecto contempla cerrar hospitales públicos?
El proyecto fortalece la red hospitalaria pública y garantiza la prestación de servicios en mejores condiciones para los pacientes. Propone un subsidio de oferta para aquellos que tienen que operar en circunstancias de desventaja.
¿Se acabará el Instituto Nacional de Cancerología?
El artículo 57 de la reforma habla de la transformación del Instituto Nacional de Cancerología (INC), por lo que se plantea que esta institución se convierta en una entidad estatal de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, adscrito al Ministerio de Salud, conserve la misma denominación y haga parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
¿Qué otra crítica se le hace a la reforma?
Según las asociaciones de salud, la última versión de la reforma no tiene ningún parecido con el proyecto de ley presentado por el Gobierno en 2020 y, por tanto, debe ser objeto de una nueva discusión pública. Además, señalan que la solicitud de darle trámite urgente a un tema que afecta tan gravemente a los ciudadanos, “devela un interés afanoso y errático”.