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Política
Ramiro Suárez, a detención domiciliaria por caso de Pedro Durán Franco
El proceso por la muerte del veedor ciudadano se reactivó en la justicia ordinaria, luego de que la JEP expulsara al exalcalde por no cumplir sus compromisos de verdad.
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Lucy Araque
Lucy Araque
Categoría nota
Jueves, 16 de Mayo de 2024

Después de que se confirmara su expulsión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), el proceso penal que se adelanta contra el exalcalde de Cúcuta, Ramiro Suárez Corzo, por el homicidio del veedor ciudadano Pedro Durán Franco, ocurrido el 12 de agosto de 2003, volvió a moverse en la justicia ordinaria.


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La Opinión conoció que la semana pasada el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado Mixto de Cúcuta ordenó hacer efectiva la medida de aseguramiento que había sido proferida desde septiembre de 2012 en contra del exmandatario, cuando un fiscal de derechos humanos lo acusó como presunto determinador de la muerte de Durán Franco.

Dicha decisión había quedado en firme  el 20 de septiembre de 2013 y Suárez Corzo, que ya se encontraba detenido en Bogotá por la muerte del exasesor jurídico Alfredo Enrique Flórez, fue llamado a juicio, pero  como en abril de 2017 este pidió pista en la JEP, el caso había salido de la justicia ordinaria.

En marzo de 2021, la justicia especial decidió expulsar al condenado exmandatario y revocar la aceptación provisional del sometimiento que había pedido en esa instancia por el homicidio de Pedro Durán Franco, tras no cumplir sus compromisos de verdad.

En consecuencia, los magistrados ordenaron regresar este segundo proceso al Juzgado Tercero Penal para que reanudara la etapa del juicio, trámite que ya arrancó nuevamente.


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Según se conoció, actualmente el proceso se encuentra en la práctica probatoria por parte de la defensa y como parte de las decisiones que se han adoptado, está la medida de aseguramiento de detención preventiva sin beneficio de excarcelación adoptada por el Juzgado Tercero Penal.

Le conceden la domiciliaria

Tras la orden proferida por el juez, de enviar a prisión a Ramiro Suárez Corzo por el caso del veedor Pedro Durán, la defensa del exalcalde solicitó la suspensión de dicha medida, debido a su delicada condición de salud.

Como se recuerda, en enero pasado, el Juzgado 15 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad autorizó sustituirle a Suárez la medida de prisión intramural a la que había regresado en septiembre de 2023 por el caso del asesinato de Alfredo Enrique Flórez y ordenó su reclusión hospitalaria en Bogotá, después de que la Defensoría del Pueblo y Medicina Legal concluyeran que su estado de salud era grave.


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El pasado 2 de mayo, entre tanto, el mismo Juzgado 15 le concedió la suspensión de la pena en establecimiento carcelario y autorizó que siguiera pagando la condena de 27 años en su lugar de residencia, en la capital del país.

Ramiro Suárez Corzo.

Así las cosas, considerando este precedente, y teniendo en cuenta que según el concepto médico legal, la condición de salud de Suárez le impide permanecer en un establecimiento carcelario, el juez penal que lleva el caso de Pedro Durán decidió concederle también la suspensión privativa de la libertad y en su lugar autorizó la detención domiciliaria, al igual que lo hizo el Juzgado 15 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad.

“(…) el manejo especializado no podría ser otorgado en el servicio de sanidad del establecimiento carcelario. Esta medida se hace necesaria, además,  para salvaguardar la vida del procesado”, dice el auto del juez que concedió su reclusión en residencia.

Allí se agrega, sin embargo, que para acceder al beneficio el exalcalde deberá suscribir una diligencia de compromiso, la cual se garantizará mediante el pago de “caución prendaria”, por valor de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes para este año.


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De la misma  forma, Medicina Legal deberá, de manera periódica y en un tiempo no superior a tres meses, presentar los respectivos dictámenes sobre la condición médica del detenido y confirmar si hay necesidad de continuar con la suspensión de la medida de aseguramiento en centro carcelario.

Un largo proceso

El 12 de agosto de 2003, cuando se movilizaba en una buseta por el centro de Cúcuta en compañía de su esposa, sicarios acabaron con la vida de Pedro Durán Franco, un hombre ampliamente conocido, por cuanto desde su función como coordinador de la Red de Veedurías Ciudadanas (RedVer) en la ciudad, venía liderando investigaciones y haciendo seguimiento a las presuntas irregularidades que se estarían cometiendo en el municipio.

En las indagaciones que se adelantaron posterior a la muerte del veedor, el nombre de Ramiro Suárez Corzo  salió a relucir, por cuenta  de algunas declaraciones de paramilitares, quienes aseguraron que, al igual que el homicidio del exasesor jurídico Alfredo Enrique Flórez, perpetrado el 6 de octubre de 2003, en Los Patios, la muerte de Durán se produjo como un favor para el exalcalde.


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Ramiro Suárez homicidio de Pedro Durán Franco.

Después de cuatro años de investigaciones, un fiscal de derechos humanos ordenó la medida de aseguramiento sin beneficio de excarcelación en contra del exalcalde, como presunto responsable de haber ordenado también el asesinato del veedor.

En septiembre de 2013 fue llamado a juicio, pero unos años después Suárez dio el salto a la JEP y entonces el caso volvió a quedar en veremos.

En agosto de 2017, antes de que cualquier decisión judicial llegara, en un acto público que tuvo lugar en la Asamblea, el Estado le pidió perdón a la familia de Pedro Durán Franco por no protegerlo. La decisión tuvo su origen en un fallo del Tribunal Administrativo de Norte de Santander que encontró responsable a la Nación y más específicamente al Ministerio del Interior, de no haber garantizado su protección, a pesar de la condición de veedor y activista político, opositor al gobierno municipal de la época.

En marzo de 2021 finalmente se volvió a tener noticias del caso, luego de que la JEP rechazara el sometimiento provisional que le había concedido a Suárez por la muerte de Durán Franco.

En la sentencia se ordenó, entonces, devolver el expediente a la justicia ordinaria para que se reanudara la etapa de juicio en la que había quedado. Esta decisión finalmente quedó en firme en  diciembre de 2022, luego de que la defensa del exmandatario agotara todos los recursos con los que intentó frenar su salida de la justicia especial.


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