Tras dos años de una lucha intensa en los estrados judiciales que mantuvo servida la expectativa en Villa del Rosario durante los últimos meses, el actual concejal del municipio metropolitano por el Estatuto de la Oposición, Carlos Julio Socha, consiguió finalmente arrebatarle la victoria a quien fuera su principal contrincante en las pasadas elecciones de 2019, Eugenio Rangel Manrique.
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La batalla del dos veces alcalde de la localidad fronteriza por reversar el resultado que le entregó el triunfo a Rangel, por apenas 70 votos de diferencia, empezó desde el mismo momento en que finalizó la contienda.
Al no lograrlo en los escrutinios, luego de días y días de reclamaciones y fuertes disputas, Socha finalmente selló su regreso a la Alcaldía rosariense por cuenta de una decisión del Consejo de Estado.
Ayer, el alto tribunal resolvió confirmar el fallo de primera instancia que en junio de 2021 profirió el Tribunal Administrativo de Norte de Santander cancelando la credencial obtenida por el actual gobernante local y declarando, en consecuencia, la elección de Carlos Julio Socha por lo que resta del actual periodo (2022-2023).
Una de las razones que llevaron a que la elección de Rangel Manrique quedara sin efecto, faltando dos años para terminar su mandato, es porque el Consejo de Estado estuvo de acuerdo en que era pertinente anular 65 votos depositados en favor del alcalde en la mesa de votación 11, puesto 01, de la zona 01.
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En esta mesa, un sobrino suyo participó como jurado de votación, lo cual se constituye en una causal de nulidad y así quedó ratificado en la decisión conocida ayer.
“Se recuerda que la efectividad del voto –entendida como capacidad para incidir en el resultado final de la elección-, debe ceder al interés superior de la transparencia del proceso electoral, por consiguiente, la función del jurado de votación debe sustentarse en este principio, el cual se trasgrede cuando este no se declara impedido y actúa el trámite administrativo electoral, aspecto que conlleva a la exclusión de la votación sin importar el aspecto subjetivo -conducta- de quien obró contrario a la ley”, concluyó el Consejo de Estado.
Trashumancia
La elección de Eugenio Rangel también era cuestionada porque, al parecer, se les permitió la votación a varias personas que fueron declaradas como trashumantes y cuyas cédulas habían sido excluidas, pero terminaron votando.
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Al respecto, el alto tribunal expuso en el fallo de segunda instancia que los argumentos que se presentaron en la apelación de la sentencia frente a la acreditación de la trashumancia, no estaban llamados a prosperar. “(…) aunque se cuestionó en la apelación que las 189 personas cuya inscripción fue dejada sin efectos por el CNE estaban habilitados para votar, dado que su inscripción anterior era en el mismo municipio, lo cierto es que no hay prueba que así lo demuestre”, dice el Consejo de Estado
Así las cosas, los magistrados del alto tribunal estuvieron de acuerdo en confirmar la siguiente conclusión a la que llegó el Tribunal Administrativo de Norte de Santander, en junio del año pasado:
“(…) al haberse acreditado que 65 votos depositados en favor del demandado deben anularse y que bajo la metodología denominada “distribución porcentual” o “afectación ponderada” 189 votos de personas trashumantes en las diferentes mesas y puestos de las zonas 1,2,90 y 99 del municipio de Villa del Rosario incidieron en la voluntad popular, ya que el candidato demandado Eugenio Rangel Manrique pasó de tener 16.769 votos a tener 16.630, cifra inferior a quien ocupó el segundo puesto, Carlos Julio Socha, quien pasó a tener como resultado final 16.640, se impone, como consecuencia, anular la elección del primero”.
En ese fallo, los magistrados advirtieron que no había lugar a un nuevo escrutinio, toda vez que los documentos electorales que hacían parte del expediente resultaban suficientes “para establecer la verdad en torno a la voluntad popular”.
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Por lo anterior, la decisión del Consejo de Estado fue confirmar la sentencia que anuló el acto por medio del cual se declaró la elección de Eugenio Rangel Manrique y en su lugar otorgarle esa credencial a Carlos Julio Socha.
La segunda fue la vencida
Contra el alcalde de Villa del Rosario fueron interpuestas dos demandas de nulidad electoral por parte del actual concejal rosariense, pero la primera de ellas ya la había perdido.
A finales de 2020, Socha logró que el Tribunal Administrativo de Norte de Santander dejara sin efecto la elección de Eugenio Rangel por una supuesta inhabilidad en la que estaba incurso, pues se alegaba que su compañera sentimental, Martha Rodríguez Pinilla, con quien vive en unión libre, se desempeñó como comisaria de familia de Villa del Rosario, dentro del último año anterior a la elección de 2019.
Sin embargo, esa decisión fue reversada en marzo de 2021 por el Consejo de Estado, tras no compartir los argumentos que se tuvieron en cuenta para anular la elección del mandatario.
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Aunque el camino parecía ya despejado para el gobernante del municipio metropolitano, Socha insistió con una segunda demanda, la cual finalmente fue fallada a su favor en las dos instancias y gracias a la cual próximamente podrá retornar a la silla que ya ocupó durante el periodo 2004-2007 y 2012-2015.
Contra el fallo del Consejo de Estado no proceden recursos, aunque la defensa del mandatario podría presentar algunas solicitudes de aclaración o revisión, que lo que harían es dilatar el tiempo para que la sentencia quede en firme.
Eugenio Rangel Manrique es el segundo alcalde de Norte de Santander que es apartado de su cargo en el actual periodo de gobierno. La primera fue la alcaldesa de Tibú, Corina Durán, a quien le anularon su elección el año pasado por una inhabilidad.
Celebró con caravana
Apenas unas horas después de conocerse la decisión del Consejo de Estado que declaró su elección como alcalde de Villa del Rosario, para lo que resta del presente periodo, Carlos Julio Socha recorrió las calles de ese municipio en medio de una caravana en la que estuvo acompañado por sus seguidores.
El actual concejal felicitó a su equipo jurídico, pues aseguró que gracias a ellos y a su persistencia lograron que él pudiera quedarse finalmente con la victoria, después de dos años de las elecciones.
“La gente me decía que estaba loco, la mayoría de concejales se burlaba de mí en el Concejo y yo les decía a ellos que tenían era que pedirle a Dios que yo fuera el alcalde, para que vuelva el progreso a Villa del Rosario, pues hoy tenemos un municipio acorralado por la violencia, la inseguridad, los huecos, no hay desarrollo y yo prometí un programa de gobierno en el que vuelven los buenos tiempos para los rosarienses”, dijo.
Socha anunció que desde hoy mismo se reunirá con su equipo de trabajo para poder organizar las tareas que emprenderán una vez el fallo del Consejo de Estado quede en firme y él pueda tomar posesión del cargo.
Llamado de atención al CNE y a la Registraduría
En el fallo de segunda instancia conocido ayer por La Opinión se determinó, igualmente, modificar el numeral quinto de la providencia del Tribunal Administrativo, “en el sentido de remitir copia de esta decisión y del expediente de la referencia a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General de la Nación, para que dentro de su competencia determinen la eventual configuración de conductas penales o disciplinarias respecto de las irregularidades acreditadas en el presente trámite”.
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De la misma forma, los consejeros de Estado le hacen un llamado al Consejo Nacional Electoral y a la Registraduría Nacional para que, de manera mancomunada, implementen los mecanismos necesarios para que la depuración del censo electoral sea real y efectiva, “en especial, que las decisiones relativas a la existencia de trashumancia puedan materializarse el día de los comicios”.
Así mismo, para evitar que los parientes de los candidatos se desempeñen como jurados de votación en una misma contienda electoral, como ocurrió en el caso de Eugenio Rangel.
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