La Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 9° de la Ley 797 de 2003, que obliga a las mujeres a cotizar 1.300 semanas para su pensión, el mismo tiempo que los hombres, por lo que el alto tribunal manifestó que se viola el derecho a la igualdad y dio plazo hasta el 31 de diciembre de 2025 para que el Congreso regule.
La corporación explicó que el derecho de las mujeres a obtener una protección especial en el ámbito laboral y de la vejez en el sistema de seguridad social integral debe tener en cuenta las inequidades que tienen las mujeres en materia de protección social.
Lea aquí: Una extorsión habría desencadenado el asesinato de un comerciante en Cúcuta
Esta desigualdad laboral hacia las mujeres radica en que para que ellas puedan acceder a la pensión deben acreditar las mismas 1.300 semanas de cotización que los hombres, "sin considerar las barreras y dificultades que enfrentan para acceder y mantenerse en el mercado laboral y asumir las obligaciones del cuidado del hogar, tanto como las que se intensifican cuando llegan a la adultez mayor".
El plazo es hasta el próximo 31 de diciembre de 2025, para que el Congreso de la República y el Gobierno Nacional regulen el requisito de las semanas para las mujeres, en el que se considere integralmente el enfoque de género y, especialmente, la condición de las mujeres cabeza de familia.
Frente al tema, el presidente Gustavo Petro se pronunció a través de Twitter: "Me parece una excelente decisión de la Corte Constitucional que hace aún más necesaria la reforma pensional para poder financiar este gran logro de la mujer trabajadora".
En caso de no ser adoptado el nuevo régimen para enero del 2026, la Corte Constitucional ordenó disminuir gradualmente las semanas de cotización, hasta llegar hasta las 1.000 para las mujeres.
Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en https://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion