El Ministerio de Salud anunció que entre el 15 de octubre y el 15 de diciembre de este año llevará a cabo la revisión del listado de tecnologías, procedimientos, servicios y medicamentos que han sido excluidas del financiamiento público en salud basados en criterios que ahora no se consideran aplicables.
En ese sentido, le informó a todos los actores del sistema de salud que, en ese espacio de tiempo, estará disponible en la plataforma tecnológica Mi Vox Pópuli un nuevo módulo titulado “Revisión de la Decisión de una Tecnología Previamente Excluida”.
Mi Vox Pópuli es una herramienta virtual del Ministerio para la participación ciudadana en la que se pueden nominar tecnologías para actualizar la lista de medicamentos, servicios de salud y exámenes de laboratorios que podrán ser cubiertos con el Plan de Beneficios en Salud (PBS), al igual que ayudar a consolidar el lista de procedimientos que no deben ser pagados con recursos públicos asignados a la salud.
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Según informó la cartera de salud, este proceso se llevará a cabo en tres etapas: la solicitud de revisión de la decisión de una tecnología previamente excluida, el análisis técnico y científico de la evidencia actual disponible y la toma de decisión final y publicación de los resultados.
Esto significa que el ministerio revisará la decisión de tecnologías previamente excluidas de la financiación con recursos de la salud a las que no le sean aplicables los criterios de exclusión dados los posibles cambios en las condiciones o características, que ocurren con posterioridad al momento que fue excluida.
En ese sentido, la entidad invitó a profesionales de la salud, investigadores, organizaciones y ciudadanos a familiarizarse con el procedimiento de revisión y a participar activamente. Para obtener más información sobre la metodología utilizada en este proceso, pueden consultar este enlace.
Así mismo, recuerde que cualquier ciudadano puede presentar una solicitud de revisión por medio de la plataforma Mi Vox Pópuli, a la cual puede acceder por medio de este otro enlace.
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¿Por qué se excluyen ciertos procedimientos y tecnologías en salud?
La Ley Estatutaria 1751 de 2015 —conocida como ley estatutaria de salud— señala que las exclusiones son los medicamentos, procedimientos, dospositivos y otros servicios que cumplan uno o más de los seis criterios, que los pondrán en la lista de los que no serán financiados por el sistema de salud.
Estos criterios son: que tenga como finalidad principal un propósito cosmético o suntuario no relacionado con la recuperación o mantenimiento de la capacidad vital o funcional de las personas; que no exista evidencia científica sobre su seguridad y eficacia clínica; que no exista evidencia científica sobre su efectividad clínica; que su uso no haya sido autorizado por la autoridad competente; así como que tengan que ser prestados en el exterior.
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