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El ‘fast track’ de Petro, un riesgo institucional
Este absurdo, que ocurrió durante el gobierno Santos en 2016, se repite ahora con Petro.
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Domingo, 14 de Julio de 2024

No sé de dónde surgió la expresión ‘Fast Track’. Para decir lo mismo, el español ofrece diversas expresiones, como Vía Rápida, Trámite Expedito, o Procedimiento Especial. Sin embargo, algún acomplejado por todo lo extranjero la llevó al marco institucional. Este absurdo, que ocurrió durante el gobierno Santos en 2016, se repite ahora con Petro, quien aseguró el pasado jueves ante el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que buscaría otro ‘Fast Track’ para adaptar la normatividad a su proyecto de gobierno. Este detalle, aunque parezca irrelevante, corrobora la pérdida paulatina de soberanía idiomática o identidad nacional. Ya es frecuente decir ‘Happy Hour’ y ‘Shower’ para festejar, y ‘Sale’ y ‘Black Friday’ para descuentos, y ‘Bullying’ en lugar de matoneo. Y así, decenas de expresiones.

¿Qué quiere Petro? ¿Qué es exactamente el ‘Fast Track’?

El presidente plantea este trámite especial, entre otras, para extender siete años la implementación del Acuerdo de Paz suscrito entre JM Santos y las FARC-EP, lo cual no preocupa. Así mismo, para ajustar el sistema judicial, liberando 35.000 cultivadores de coca, y desmontando la actual Jurisdicción Especial de Paz, lo cual sí es inquietante, porque la remplazaría por un sistema único que incluiría paramilitares, guerrilleros, disidentes y judicializados de otros orígenes, sembrando dificultades para alcanzar la verdad, justicia y reparación, lo cual negaría las posibilidades reales de reconciliación. Mejor dicho, impunidad rampante y aliados por miles para su causa. Y, para modificar las normas sobre las vigencias futuras y el plan fiscal, ‘para financiar la inclusión territorial al desarrollo’. Si bien es cierto que la crisis presupuestaria del país es preocupante, y que el dinero no alcanza para la implementación del Acuerdo de Paz, algunos de cuyos puntos están estancados, como la reforma rural integral, no lo es menos que facilitarle a Petro una normatividad sobre vigencias futuras representa un cheque en blanco de inmensos riesgos porque los controles serían prácticamente inexistentes. 

El ‘Fast Track’ de JM Santos fue completamente diferente y no representó una sustitución de la Constitución. Su utilidad fue inmensa, ya que se recortaron los tiempos de aprobación de los proyectos de acto legislativo y de ley. Imaginarse dos vueltas y ocho debates para la enmienda constitucional relacionada con el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, hubiera hecho fracasar los acuerdos. Del mismo modo, entregadas las armas por las FARC-EP y trasladada su militancia a las Zonas Veredales de Normalización, nada más urgente que expedir la ley de Amnistía e Indulto.

Entre 2016 y 2017, el Congreso, con base en el Procedimiento Especial para la Paz, aprobó cinco enmiendas a la Constitución: el Acto Legislativo 01, relacionado con el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición; la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad y la Unidad de Búsqueda de personas dadas por desaparecidas; y, la Jurisdicción Especial de Paz. El Acto Legislativo 02, que integró al ordenamiento jurídico los contenidos del Acuerdo en tanto tuvieran relación con el Derecho Internacional Humanitario; esa enmienda, además, le otorgó el valor de política de Estado al texto integral del Acuerdo. Por su parte, el Acto Legislativo 03 reguló parcialmente la reincorporación política de los miembros de las FARC-EP, al paso que el Acto Legislativo 04 destinó el 7% de los recursos del Sistema General de Regalías a programas del Acuerdo, y el Acto Legislativo 05 consolidó el monopolio legítimo de la fuerza y el uso de las armas por parte del Estado. Bajo los mismos lineamientos se aprobaron leyes trascendentales, relacionadas con la amnistía, la administración de justicia en la JEP, y el estatuto de oposición. 

Este ‘Fast Track’ de Petro sacudiría los cimientos de la institucionalidad porque debilitaría por completo la independencia de las ramas del poder público y dejaría los presupuestos futuros a su antojo. La fórmula, que parece llevarnos hacia una evidente sustitución de algunos principios constitucionales, tendrá sin duda arduos debates en el Congreso y, muy probablemente, serios reparos en la Corte Constitucional.


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