Me llamaron mucho la atención las publicaciones de los medios de comunicación en las que con gran despliegue y asombro se informa que en Cúcuta, finalizando el año anterior, se concesionaron a dedo 26 escenarios de la ciudad entre los que se encuentran parques, puentes, plazoletas y canchas deportivas.
Me di a la tarea de adelantar algunas averiguaciones para poder determinar cuán perjudiciales podrían resultar para la ciudad esos contratos.
No me voy a detener en si se violaron requisitos mínimos de contratación administrativa o no, o si era necesaria una convocatoria pública o no, pues eso, como es lógico, queda en manos de las autoridades competentes.
Me referiré entonces, dentro de mi leal saber y entender, al costo beneficio que representa la decisión tomada por la administración anterior.
La administración del alcalde César Rojas intervino unos 70 parques de la ciudad y a muchos de ellos los dotó de juegos para niños, mobiliario y máquinas para ejercicios biosaludables. Estos parques, por los costos de su mantenimiento y la seguridad también permanentes que se requiere, necesitan de un administrador (léase doliente) porque de lo contrario se verían en un tiempo muy, pero muy corto, desvalijados y deteriorados, afeando el entorno y constituyendo el hábitat perfecto para malhechores y viciosos, lo cual daría al traste el esfuerzo financiero del municipio y con ello, nuestros impuestos esfumados.
La administración saliente firmó, con personas jurídicas, contratos de administración del espacio público para el cuidado, mantenimiento, la seguridad y explotación económica de estos escenarios que es una figura muy distinta a una concesión, de conformidad con las leyes 9 y 1504 de 1989 y 1998 respectivamente. Se hicieron, entiendo, en algunos casos, legalizando la permanencia de personas que venían usufrutuando estas zonas sin ninguna contraprestación y en otros, emulando me parece, la antigua idea del plan padrino, con sus respectivas pólizas de garantía en caso de incumplimiento. Así las cosas, no veo cómo con esa figura se pueda estar atentando contra los intereses de la ciudad ni la de sus contribuyentes. Al contrario, lo que se buscó fue protegerlos.
No se permitirá el encerramiento que impida el disfrute de estos espacios a la comunidad, ni implica transferencia de dominio, ni derecho adquisitivo alguno a favor del tercero administrador. El municipio conservará en todo caso la titularidad y la posesión efectiva del(los) bien(es) cedido(s). Todo ello por una razón elemental: esos bienes son de uso público y por lo tanto NO pueden ser vendidos.
Si miramos desprevenidamente lo que se hizo, no se ve por ningún lado perjuicio alguno para el municipio; lo que hay es algo muy distinto: el ahorro de millonarias sumas de dinero en el mantenimiento y la seguridad de esos bienes. Tenemos ejemplos positivos que han dado resultado: el parque la Ceiba, el de San Rafael, Cámbulos, Amelia y Corpocero.
Con este modelo, a la administración del ingeniero Yáñez le corresponde buscar padrinos a los más de 100 parques restantes, de los 130 que tiene la ciudad, que se encuentran desprotegidos.