Para referirme por ahora, solamente a los planes de desarrollo del municipio de Cúcuta, en los que los mandatarios locales, fieles a los compromisos de sus programas de gobierno esbozados en campaña, presentan con bombos y platillos su respectivo Plan en cumplimiento de la ley, manifestando además que ese documento será su carta de navegación, su ruta de trabajo y su plan de vuelo, todo lo anterior sinónimos para el logro de sus objetivos.
Los planes (de Desarrollo), son un instrumento de planificación que orienta la acción administrativa en el periodo de gobierno de cada mandatario y está compuesto por un diagnóstico, una parte estratégica y un plan de inversiones para el buen uso de los recursos económicos en las necesidades reales de sus gobernados.
Estos planes elaborados con base en los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo y de su correspondiente Plan de Ordenamiento Territorial, contienen un diagnóstico del componente financiero de la entidad territorial, del estado de sus finanzas, su marco fiscal a mediano plazo, las proyecciones financieras, el plan de inversiones a mediano y corto plazo; en fin, como dijera una vez un buen amigo mío: “Un catálogo de buenas intenciones”.
El proyecto de acuerdo que acompaña el Plan, una vez debatido por el Consejo Territorial de Planeación y escuchadas las diferentes comunidades, es presentado al Concejo Municipal para su respectiva aprobación. Hasta aquí es el maravilloso cuento que le venden a la esperanzada ciudadanía cucuteña.
Pero la realidad es que la comunidad cucuteña - después de la alharaca desplegada en cada inicio de mandato por parte de los alcaldes con la presentación, discusión y aprobación de sus respectivos Planes de Desarrollo -, no vuelven a saber absolutamente nada de ellos.
Terminan siendo entonces un saludo a la bandera las diferentes normas (leyes 152 de 1994, 617 de 2002, 715 de 2001) y los lineamientos dados por el Departamento Nacional de Planeación (DNP), que obligan a esta y a la Secretaría Departamental de Planeación, a hacer un seguimiento y evaluación permanente de la gestión y eficiencia en la ejecución del Plan para presentarlos a las comunidades por los medios masivos de comunicación, con indicadores de resultado y de impacto en la actividad local, y también obligan a los mandatarios locales a presentar anualmente y al final de sus mandatos, el informe sobre su ejecución ante el cuerpo colegiado, en este caso al Concejo Municipal.
Esta evaluación, además de calificar al gobernante que entrega, sirve de cortapisa a los entrantes para que no elaboren planes mentirosos e irrealizables, y que les sirvan igualmente de insumo para la formulación de sus propios planes.
¿Conoce la ciudadanía el porcentaje de cumplimiento de los planes de los últimos mandatarios locales?
María Eugenia Riascos denominó el suyo con el nombre de: “Cúcuta humana, solidaria y competitiva”; Donamaris Ramírez, le puso al de él: “Cúcuta para grandes cosas”; el de César Rojas, se llamó: “Sí se puede progresar”.
Yo por lo menos, no los conozco. Deben acatar las normas, so pena de que algún acucioso jurisconsulto los demande en una acción de cumplimiento.
Esta nueva administración con su plan: “Cúcuta 2050, estrategia de todos” ¿será la excepción?