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Cúcuta
Conozca las restricciones de los próximos días por el Bicentenario
El Decreto 288 del 2 de octubre rige a partir de su publicación y hasta las cero horas (00:00 a.m.) del 9 de octubre de 2021.
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Lunes, 4 de Octubre de 2021

Con ocasión de las actividades conmemorativas del Bicentenario de la República de Colombia, la alcaldía de Cúcuta emitió una serie de medidas para garantizar la seguridad y tranquilidad de la ciudadanía.

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Por medio del Decreto 288 del 2 de octubre de 2021 se procedió a declarar:

•    Alerta amarilla hospitalaria: Declárese la alerta amarilla en el sistema hospitalario del municipio de Cúcuta durante los días 5, 6, 7 y 8 de octubre de 2021, con el fin de realizarse un alistamiento de insumos, medicamentos, parque automotor de todas las IPS que hacen parte de la red de instituciones públicas y privadas del municipio, y del recurso humano disponibles para garantizar una adecuada prestación de los servicios de salud en los eventos que puedan presentarse.

•    Prohíbase el porte de todo tipo de armas traumáticas, armas contundentes (instrumento y acto que producen contusión o golpe), cortocontundentes (instrumentos que contienen una hoja de metal con bordes semirromos), cortopunzantes, punzantes (armas blancas o de herramientas que puedan ser usadas como tales) y similares que puedan causar lesiones a la vida e integridad de las personas, a partir de las 00:00 horas del cinco (5) de octubre de 2021 y hasta las 00:00 horas del día nueve (9) de octubre de 2021.

•    Ley Seca: Prohibir el consumo y venta de bebidas embriagantes en el municipio de Cúcuta, a partir de las 8:00 horas del día seis (6) de octubre de 2021, hasta las 13:00 horas del día siete (7) de octubre de 2021.

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•    DÍA CÍVICO: Declarar el jueves 7 de octubre de 2021 como un Día Cívico en el municipio de Cúcuta, con el fin de garantizar el desarrollo y la participación en las actividades culturales que se realizarán en el marco de la celebración del Bicentenario de la proclamación de la Constitución de la República de Colombia de 1821.

•    Día sin  carro y sin moto: Prohibir la circulación de vehículos automotores y motocicletas en el municipio de Cúcuta el jueves 7 de octubre de 2021, en el horario comprendido entre las 6:00 horas y las 20:00 horas.

Miércoles 6 de octubre de 2021  

Desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas.  No podrán movilizarse las placas terminadas en 0,2,4,6 y 8.

Viernes 8 de octubre de 2021 

Desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas.  No podrán movilizarse las placas terminadas en 1,3,5,7 y 9.

•    Prohibir: La circulación de motocicletas, motocarros, mototriciclos y cuatrimotos en el municipio de Cúcuta durante las siguientes fechas y horarios:

•    Prohibir: La circulación de acompañante hombre o mujer en motocicletas durante las siguientes fechas y horarios:

Miércoles 6 de octubre de 2021

Desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas.

Viernes 8 de octubre de 2021

Desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas.

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Prohibir: El transporte y disposición de escombros y cilindros de gas en las vías públicas, inmuebles y lotes particulares, así como el transporte de trasteos y acarreos, en el municipio de Cúcuta, a partir de las 00:00 horas del martes dos (2) de octubre 2021 y hasta las 00:00 horas del sábado nueve (9) de octubre de 2021.

•    Prohibir: El uso de drones en todo el perímetro urbano y rural del municipio de Cúcuta a partir de las cero horas (00:00) del día cinco (5) de octubre de 2021, hasta las once y cincuenta y nueve (11:59 p.m.) del día siete (7) de octubre 2021.

Asimismo, la Alcaldía de Cúcuta, a través de la Secretaría de Tránsito, garantizará y regulará la movilidad del tránsito en el municipio de Cúcuta realizando el cierre temporal de vías e intersecciones necesarias con el fin de garantizar la seguridad y el normal desarrollo de las actividades culturales programadas en el marco de la celebración del Bicentenario de la proclamación de la Constitución Política de 1821 y el XVI Encuentro de la Jurisdicción Constitucional durante los días 5, 6, 7 y 8 de octubre de 2021.

El Decreto 288 del 2 de octubre rige a partir de su publicación y hasta las cero horas (00:00 a.m.) del 9 de octubre de 2021.

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