El Juzgado Tercero Administrativo Oral de Cúcuta declaró la suspensión de los artículos 3 y 4 de la Resolución 110 del 2 de julio de 2020, expedida por la secretaría de Tránsito de Cúcuta, en donde se establecía Placa Día y Pico y Placa para el transporte colectivo.
Miguel Ángel Flórez, gerente de Transontiveros interpuso la demanda solicitando la suspensión provisional de los artículos 5 y 6 de la Resolución N° 105 del 19 de junio de 2020 y 1, 3 y 4 de la Resolución N° 110 del 2 de julio de 2020, al considerar que dichas normas reproducían el contenido de la Resolución N°099 de 2020 que ya había sido suspendida por el mismo juzgado.
“Ninguna autoridad puede reproducir lo que se ha suspendido ni regular los temas de Pico y Placa y número de pasajeros hasta que no falle de fondo el juez”, dijo el demandante. Así, queda levantada la restricción de Placa Día y Pico y Placa para el servicio de transporte público colectivo e individual.
Al cierre de la edición, los entes oficiales no habían sido notificados.