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Economía
El 70% de las estaciones de gasolina del país estarían en riesgo de quiebra
Fendipetróleo afirma que nuevo reglamento del Gobierno traería gastos extras para las estaciones de servicio.
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Colprensa
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Martes, 19 de Abril de 2022

Las pequeñas y medianas distribuidoras de gasolina que tiene Colombia, que son el 70% de las cerca de 6.000 en operación, estarían en riesgo de quiebra con el nuevo reglamento técnico del Gobierno Nacional que comenzó a regir el pasado 30 de marzo y busca dar mayor seguridad a las operaciones de combustibles.

Así lo afirmó la Federación Nacional de Distribuidores de Combustibles y Energéticos (Fendipetróleo), gremio que advirtió que si bien no se opone a tener estándares más altos para la prestación de esos servicios, las adaptaciones y mejoramientos que exige el nuevo reglamento implicarían nuevas inversiones a cargo de los distribuidores minoristas de combustibles, que superarían los $200 millones por estación.


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Por esta razón Fendipetróleo ha hecho una serie de reclamos al Gobierno Nacional, solicitándole la suspensión inmediata de dicho reglamento; sin embargo, indicó que no ha recibido respuesta alguna.

El Colombiano consultó con el Ministerio de Minas y Energía y este respondió que “el proceso de expedición del reglamento ha preservado las instancias de socialización oportuna y análisis técnicos requeridos”.

Por lo cual, la cartera apuntó que “no puede afirmarse que es una medida implementada de forma súbita, repentina o desconocida por los agentes del mercado de distribución de combustibles (...) Este ministerio ha valorado el impacto de los costos que serían nuevos, bajo el supuesto que del 100% de los requisitos objeto de regulación tan solo el 7% son realmente nuevos”.

 

Las diferencias 

El Gobierno ha trabajado en la construcción y expedición del nuevo reglamento desde 2014. El objetivo es que las estaciones de servicios del país se ajusten a los nuevos requerimientos técnicos internacionales así como a buenas prácticas ambientales.

Si bien este documento estaba definido para junio de 2021, MinEnergía amplió ocho meses la entrada en vigencia de los requisitos, plazo que finalizó el pasado 30 de marzo.

Juan Carlos Vélez, presidente de Fendipetróleo, comentó a este diario que la preocupación del gremio radica en que los costos de operación de las estaciones de servicio de por sí ya han aumentado, por lo que exigirles nuevas inversiones para sus instalaciones obligaría a muchas de ellas a cerrar.

“Ya se han impuesto una serie de nuevas obligaciones que han incurrido en más gastos como la facturación electrónica. También están los requerimientos de parte de las autoridades ambientales y otros costos adicionales, como el incremento del salario mínimo y de los servicios públicos”, anotó Vélez.


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Sin embargo, para MinEnergía la gran mayoría de los costos de mantenimiento exigidos por el reglamento no son nuevos y hacen parte de la operación normal y actual de las estaciones de servicio, por lo que, afirmó, en las estaciones “ya han debido ser incorporados como buenas prácticas”.

 

Reclamo por los precios  

Otra molestia de Fendipetróleo tiene que ver en con el margen de comercialización del distribuidor minorista.

Según Vélez, en Colombia existen dos regímenes que aplican para las estaciones de servicio: el de libertad vigilada —que rige en las 25 principales ciudades del país— y el de libertad regulada —municipios, zonas rurales y carreteras—.

En ese sentido explicó que mientras las estaciones de las ciudades pueden vender por encima del margen de comercialización, las pequeñas y medianas estaciones, que en su mayoría son las que se encuentran bajo el régimen regulado, no lo pueden hacer.

“Cuando un empresario ve que el negocio no le da, lo cierra. Por eso, de carácter urgente hemos solicitado que el ministerio antes de establecer estos nuevos requerimientos debe atender, junto a la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), los costos de operación de las estaciones de servicio, ya que estos están por encima de los precios máximos establecidos para la venta de combustible en aquellas regiones en que aplica el régimen regulado”, señaló Vélez.

Se consultó sobre la situación al MinEnergía y la respuesta fue que “los Ministerios de Minas y Hacienda delegaron a la CREG la definición de tarifas y márgenes asociados a la remuneración de toda la cadena de transporte, logística, comercialización y distribución de dichos combustibles, por lo que, ahora este será un asunto de su ámbito y competencia, el cual vinculará los análisis necesarios en caso de requerirse una revisión de la remuneración de los márgenes de distribución minorista”.


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Y agregó que la actualización anual del margen de distribución minorista se realiza cada 1 de febrero, utilizando la variación en el Índice de Precios al Consumidor del año inmediatamente anterior.

Así las cosas, la discusión sobre si se debe hacer una modificación del nuevo reglamento con el fin de reconocer vía margen o tarifa los costos y gastos en los que deben incurrir los distribuidores minoristas de combustibles, aún sigue abierta.

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