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Editorial
Tráfico de datos sensibles
las  dudas surgen desde el aspecto del uso que se le dará a la información proveniente de unos datos captados mediante dicho sistema y los cuales son considerados privados.
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Domingo, 24 de Noviembre de 2024

Vimos por estos días largas filas en varios lugares de Cúcuta por parte de personas que permitieron la lectura del iris del ojo a cambio del pago o trueque mediante unas monedas virtuales que les fueron entregadas por quienes hicieron esta operación.

Pero las  dudas surgen desde el aspecto del uso que se le dará a la información proveniente de unos datos captados mediante dicho sistema y los cuales son considerados privados.

En otras ciudades latinoamericanas ha ocurrido lo mismo que aquí, el escaneo del ojo con una esfera de color plateado, poniendo en el centro de la discusión si esta es una práctica que requiere ser regulada por los estados para proteger dichos datos tan sensibles.

Los vacíos en la legislación en un mundo donde van tomando fuerza la Inteligencia Artificial y la aplicación de sistemas como el comentado deben empezar a superarse por parte del Gobierno nacional y el Congreso de la República.

Desde los ministerios de las TIC y de Ciencias hay que empezar a trabajar con urgencia para la elaboración de los proyectos de ley que le pongan las respectivas talanqueras jurídicas, constitucionales y tecnológicas a esta clase de procedimientos.

Por ejemplo, hay que fijarles una serie de regulaciones y limitaciones muy precias a las empresas y organizaciones que procedan a utilizar el iris como base de obtención de información de las personas.

Aquí sucede que en la eventualidad de mantener una zona gris por la cual se puedan colar quienes lleguen a seguir ejerciendo esta práctica sin límite alguno, surge el riesgo de que, por ejemplo, esto termine siendo usado para sistemas no autorizados de vigilancia y seguimiento masivo de las personas.

¿De qué manera se garantiza que lo obtenido del iris sea realmente destruido y no almacenado o, en el peor de los casos, usados con motivos non santos, violando normas internacionales relativas a la privacidad digital en las que encajan perfectamente esta situación comentada.

Dentro de todo lo que se defina igualmente hay que prohibir que esta clase de datos puedan ser entregados a cambio de recursos económicos o prebendas de alguna naturaleza, aprovechándose tal vez de las necesidades de la gente.

La normatividad colombiana necesita ajustarse para que el mercantilismo y el tráfico de los datos sensibles no tengan cabida en el país, esencialmente porque debe dársele un estatus de seguridad nacional y de privacidad absoluta, blindado contra manejos que lo pongan en peligro como sustitución de identidad o hechos similares.   

Les corresponde a los poderes Ejecutivo y Legislativo  sellar toda posibilidad de que corporaciones privadas o de otros gobiernos, con alto poderío tecnológico y científico conviertan a Colombia en su cantera para venir a captar datos sin control alguno y con facilidad absoluta.

Además, ojalá haya una acción educativa de profundidad con el propósito de sensibilizar a los niños, jóvenes y adultos para que sean conscientes de los peligros que lleva incluido el que permitan usar su iris para que alguien desconocido se apodere de datos únicos e irrepetibles de cada humano, sin saberse qué harán con ellos.


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