El 2024 fue un año decisivo para la justicia en Colombia. Las altas cortes del país tomaron decisiones que no solo definieron el rumbo de importantes casos judiciales, sino que también generaron un debate sobre la justicia, los derechos humanos y la política.
A lo largo del año, la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional, el Consejo de Estado, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial protagonizaron fallos que afectaron tanto la estructura del poder judicial como el bienestar de miles de colombianos.
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Las decisiones en la Corte Suprema, que incluyeron condenas a figuras políticas y pronunciamientos clave en torno a la justicia transicional, se sumaron a las resoluciones de la Corte Constitucional que, en su defensa de los derechos fundamentales, reforzaron la protección de las mujeres y ampliaron el acceso a la eutanasia.
Mientras tanto, el Consejo de Estado y la JEP tomaron resoluciones históricas sobre la campaña presidencial de 2022 y la verdad detrás de los crímenes de guerra, respectivamente, abriendo nuevos caminos para la reparación de las víctimas y la transparencia política.
Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema de Justicia se convirtió en el epicentro de las discusiones jurídicas y políticas del país en 2024, un año marcado por decisiones históricas que sentaron precedentes y reconfiguraron el panorama judicial colombiano.
El 25 de enero, la historia judicial del país dio un giro trascendental con la elección del magistrado Gerson Chaverra Castro como el primer presidente afrodescendiente de la Corte Suprema. Su nombramiento fue un hito que refleja los avances en la representación y diversidad en las altas esferas del poder judicial.
Chaverra Castro, un jurista con una amplia trayectoria en la Rama Judicial, especialmente en regiones históricamente marginadas como el Chocó, asumió el liderazgo de la Corte en un momento crucial, en el que se esperaban decisiones de gran impacto.
La Corte Suprema también se pronunció sobre casos que involucraron a figuras políticas de alto nivel. Entre ellos, destaca la confirmación de la condena contra la excongresista Aída Merlano Rebolledo por delitos electorales.
La Sala Penal ratificó la sentencia, señalando que los recursos económicos utilizados en la campaña de Merlano excedieron significativamente los límites legales.
Asimismo, la Corte abrió investigación formal contra varios congresistas y un excongresista por presuntos acuerdos ilegales relacionados con la aprobación de proyectos y contrataciones en la Unidad Nacional para la Gestión de Riesgos de Desastres (UNGRD).
La investigación, que involucra a los congresistas Liliana Bitar, Juan Pablo Gallo, Wadith Manzur, Julián Peinado y Karen Manrique, busca esclarecer si los funcionarios utilizaron sus posiciones en la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público (CICP) para obtener ventajas indebidas.
En otro frente, la Corte se pronunció sobre la figura del Gestor de Paz. Al negar la libertad del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso Gómez, la Sala Penal enfatizó la importancia de equilibrar los intereses de la paz con la justicia y los derechos de las víctimas.
Finalmente, la Corte Suprema también tomó decisiones que pusieron fin a algunos procesos judiciales. La Sala Especial de Primera Instancia declaró la preclusión del proceso contra el exministro de Defensa Diego Molano Aponte y el general en retiro Eduardo Enrique Zapateiro Altamiranda, quienes eran investigados por presunta intervención en política.
Corte Constitucional
En 2024, la Corte Constitucional emitió decisiones trascendentales que reforzaron la protección de los derechos de las mujeres y el acceso a una muerte digna.
En una de sus decisiones, el alto tribunal determinó que los empleadores deben actuar ante actos de violencia contra la mujer y asesorarlas sobre las rutas de atención disponibles. En un caso específico, ordenó a una empresa reintegrar a una mujer despedida injustamente, pagarle salarios atrasados y crear un protocolo contra el acoso laboral y sexual.
En esa misma línea, La Corte protegió a una mujer condenada por homicidio sin considerar la violencia sexual que sufrió, ordenó una nueva sentencia sin sesgo de género y su liberación inmediata.
Asimismo, la Corte subrayó la importancia de la perspectiva de género en el tratamiento del cáncer de mama y ordenó a una EPS suministrar un medicamento necesario para una paciente, a pesar de no estar autorizado por el INVIMA.
Se puede hablar de un año en el que la Corte protegió los derechos de las mujeres y respaldó el enfoque de género en el país. En ese sentido, el alto tribunal destacó que las mujeres que deciden interrumpir su embarazo deben recibir un servicio de salud libre de violencia obstétrica y discriminación.
En un caso, llamó la atención a una clínica y EPS por maltratar a una mujer durante el procedimiento y ordenó capacitaciones para evitar futuros abusos.
Por otro lado, la Corte ordenó al Ministerio de Salud actualizar la resolución sobre el procedimiento de eutanasia para eliminar barreras de acceso. En un caso, protegió el derecho de una mujer con cáncer a recibir eutanasia, criticando la negativa de una institución de salud basada en criterios inadecuados.
Consejo de Estado
Las decisiones del Consejo de Estado durante 2024 marcaron un hito en los procesos relacionados con la campaña presidencial de Gustavo Petro y Francia Márquez.
Estas resoluciones se centraron en definir competencias entre instituciones, rechazar demandas de nulidad, y ratificar la autonomía del Congreso para sancionar con pérdida del cargo al presidente y vicepresidente.
El 20 de mayo, la Sección Quinta del alto tribunal declaró su falta de jurisdicción para tramitar el proceso de pérdida del cargo contra el presidente, Gustavo Petro, y la vicepresidenta, Francia Márquez. La solicitud se basó en una presunta violación de los topes de financiación de la campaña presidencial de 2022.
El magistrado explicó que, conforme a la Constitución y la Ley 996 de 2005, la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes es la autoridad competente para conocer estos casos.
También advirtió que, aunque no existe una norma específica para la vicepresidencia, cualquier irregularidad que afecte la campaña impactaría ambos cargos, lo que justifica que el Congreso aborde ambos casos.
En otra decisión del 6 de agosto, aclaró que el Consejo Nacional Electoral (CNE) únicamente puede imponer sanciones administrativas, quedando excluido de decretar la pérdida del cargo del presidente y vicepresidente.
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Las tensiones entre el primer mandatario y el Consejo de Estado se intensificaron a raíz de varias decisiones judiciales, especialmente aquellas que afectaron a funcionarios cercanos a su administración. Dos casos destacaron por su impacto: la anulación del nombramiento de Álvaro Moisés Ninco Daza como embajador de Colombia en México y la nulidad de la elección de Juan Carlos Upegui como concejal de Medellín.
En el caso de Upegui, el Consejo de Estado determinó que incurrió en una inhabilidad legal para ejercer el cargo. Respecto a Ninco Daza, la alta corte concluyó que el Ministerio de Relaciones Exteriores incumplió el debido proceso al omitir la evaluación de las observaciones presentadas por el sindicato Unión de Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular (UNIDIPLO) y al no publicar la hoja de vida del candidato en el plazo legal de tres días calendario previos a su designación.
Por otro lado, la corporación negó el 18 de julio la solicitud de suspender la elección de Luz Adriana Camargo como Fiscal General, cuya petición alegaba presiones y violencia contra magistrados durante la elección, además de la renuncia de una candidata.
El Consejo determinó que no se probó que la violencia afectara la voluntad de los electores y que el tema de la renuncia se estudiará en la sentencia final. Así, la elección de Camargo, cuestionada por su presunta cercanía a Petro, se mantiene vigente.
JEP
En 2024, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió fallos históricos que sacudieron los cimientos del conflicto armado interno, esclareciendo la verdad sobre crímenes atroces y sentando las bases para la reparación integral de las víctimas.
En un hecho sin precedentes, la JEP imputó a seis exintegrantes del Secretariado de las FARC por el reclutamiento y utilización de al menos 18.677 niños y niñas durante décadas.
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Los llamados a asumir responsabilidad son Rodrigo Londoño Echeverry, Jaime Alberto Parra Rodríguez, Milton de Jesús Toncel Redondo, Pablo Catatumbo Torres, Pastor Lisandro Alape y Julián Gallo Cubillos.
En un hecho inédito en la historia de la justicia transicional colombiana, la JEP concedió la primera renuncia a la persecución penal a un soldado regular retirado.
El exmilitar, que había sido condenado por colaborar con grupos paramilitares, cumplió con los requisitos establecidos por la JEP, como aportar verdad y participar en acciones restaurativas.
Gracias a las medidas cautelares de protección de lugares de inhumación impuestas por la JEP, se lograron avances significativos en la búsqueda de personas desaparecidas en la Comuna 13 de Medellín.
El hallazgo de las primeras estructuras óseas en La Escombrera representa, según el tribunal, una esperanza para las familias que llevan décadas buscando a sus seres queridos.
En otra línea y en un emotivo acto, la JEP reveló los nombres de 1.934 víctimas de falsos positivos, un crimen que marcó profundamente a la sociedad colombiana.
Según la jurisdicción, esta iniciativa buscaba honrar la memoria de las víctimas y visibilizar la magnitud de esta tragedia en medio de cuestionamientos sobre la veracidad y negacionismo de dicha cifra.
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Entre las decisiones destacadas de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial (CNDJ), la absolución a un abogado que, a pesar de estar temporalmente inhabilitado, intervino para proteger los derechos de una madre y su hija en Putumayo.
La madre, víctima de violencia intrafamiliar, y la menor, de 4 años, enfrentaban un riesgo grave por parte del padre, quien maltrataba a la madre y secuestró a la niña. A pesar de la inhabilitación del abogado, su intervención permitió que el Tribunal Superior de Mocoa dictara medidas de protección para la niña.
La CNDJ resaltó que la acción del abogado estuvo motivada por la urgencia de proteger los derechos fundamentales de las víctimas, lo que llevó a la revocación de la sanción inicial.
Por otro lado, la CNDJ determinó que el cliente, no el abogado, debe pagar el IVA sobre los honorarios legales. La resolución se dio luego de que un ciudadano apelara el cobro del impuesto, alegando no haber sido informado previamente. La CNDJ ratificó que, conforme a la legislación, el cliente es responsable del IVA en estos casos.
En un año marcado por una continua transformación judicial, Colprensa continuará cubriendo de cerca las decisiones de las altas cortes en 2025, con el compromiso de ofrecer información precisa y actualizada para seguir entendiendo la evolución del sistema judicial en Colombia.
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