El proceso de revocatoria contra el alcalde de Cúcuta, Jairo Tomás Yáñez, sigue todavía enredado y aunque desde hace varios meses se viene anunciando el inicio de la etapa de recolección de firmas, esto todavía no ha podido darse.
El pasado 8 de abril, el Ministerio de Salud finalmente dio luz verde para que los comités promotores empezaran a reunir los apoyos ciudadanos que necesitan para validar el mecanismo de participación, pero la discusión se centró entonces en qué entidad se encargaría de vigilar el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad exigidos para poder avanzar con el trámite.
Ese mismo despacho sugirió a las Secretarías de Salud de los municipios donde se impulsan solicitudes de revocatoria, para que se convirtieran en las garantes del proceso.
En ese sentido, el pasado 15 de abril, la Registraduría Nacional le preguntó a la administración de Jairo Yáñez si accedía a vigilar el proceso, pero la Secretaría de Salud de Cúcuta se declaró impedida para asumir esa función, tras argumentar que se podría presentar un conflicto de interés.
Por su parte, el alcalde también manifestó que se encontraba incurso en las causales de impedimento que establece la ley, toda vez que, en su calidad de primera autoridad del municipio, se vería en la obligación de desplegar todas las actuaciones administrativas para la implementación de las medidas de bioseguridad de la revocatoria del mandato en su contra, “hecho que evidentemente implica un interés directo en el asunto”.
El 4 de mayo, el procurador regional de Norte de Santander, Libardo Álvarez García, aceptó el impedimento de Yáñez y elevó una consulta a la Presidencia de la República, con el fin de que, por conducto del Ministerio del Interior, se designe un funcionario ad hoc en Cúcuta, para que se encargue de vigilar el cumplimiento de los protocolos.
Según los integrantes del comité que lidera la revocatoria, denominado ‘De que se va, se va, póngale la firma’, hoy se cumplen los 10 días hábiles para que el Gobierno Nacional se pronuncie sobre la solicitud del Ministerio Público.
Señalaron que si no hay alguna respuesta, “habrá silencio administrativo, es decir, el presidente no acepta el impedimento y el alcalde tendrá que asumir los protocolos”.
“El presidente Iván Duque es el que tiene la facultad de designar a ese funcionario, porque hay una sentencia de la Corte Constitucional en la que se expresa que esa es una función única y exclusiva del primer mandatario del país”, aseguró Jaime Vásquez Giraldo, vocero del proceso de revocatoria contra Yáñez.
Vásquez manifestó que, si no hay respuesta, el comité ya tiene lista la escritura pública en la que dejarán la constancia de que se vencieron los términos, para inscribirla en una notaría y entregarle ese documento a la Registraduría, con el fin de que les autoricen las planillas para recolectar las firmas.
En Cúcuta, los miembros del proceso de revocatoria deberán conseguir 33.017 firmas válidas, equivalentes al 30% de los votos válidos que Yáñez obtuvo en 2019 (110.057 votos), para que la Registraduría Nacional avale la revocatoria y que los ciudadanos puedan ir a las urnas a decidir si aprueban o no la continuidad del gobernante local.
La revocatoria será aprobada si se pronuncia a su favor la mitad más uno de los ciudadanos que participen en la convocatoria, siempre y cuando el número de votantes no sea inferior al 40% de la votación válida registrada en Cúcuta en 2019, es decir, tendrán que salir a votar al menos 130.565 personas, porque hace dos años se depositaron 326.414 votos válidos en las elecciones locales.