La Procuraduría General de la Nación destituyó al alcalde del Villa del Rosario, Carlos Julio Socha Hernández, por irregularidades en la celebración del contrato interadministrativo que le dio vida a las fotomultas en ese municipio. Con esta decisión el mandatario queda destituido e inhabilitado por un término de 17 años y 7 meses.
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Para el ente de control, Socha evadió el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, que prevé como regla general la licitación pública y la no contratación directa, como ocurrió en el caso del municipio metropolitano.
Al alcalde se le cuestiona, igualmente, que utilizó inadecuadamente el tipo de contrato que suscribieron para la entrega de las fotomultas, pues no contaba con más del 50% de participación estatal, y debía hacerse a modo de concesión “dado el objeto contractual y la naturaleza del contratista”, según la Procuraduría.
El Ministerio Público asegura también en su fallo de segunda instancia, que el estudio que justificó la sociedad a cargo de las fotomultas “omitió aspectos medulares tales como los rendimientos de los recursos a invertir ($5.000 millones), la utilidad esperada por el tercero contratista y la determinación del tiempo estimado para la ejecución del contrato (30 años)”.
“El investigado, por su plena autonomía como alcalde y autoridad máxima de Villa del Rosario, conocía que su comportamiento era contrario a derecho, pues la mayoría de servidores públicos y más cuando se trata del representante legal del municipio, saben cuál es el alcance de sus facultades constitucionales y legales”, reza un aparte del fallo.
En este se agrega también que Socha Hernández estuvo en condición de conocer que, inducir y determinar a otros funcionarios para evadir los procesos de selección de contratistas e impulsar la celebración de un convenio con fundamento en unos estudios previos deficientes, podría generarle responsabilidad disciplinaria.
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La Procuraduría, sin embargo, decidió absolver al gobernante local de los otros dos cargos que le había imputado: por delegar a la directora de tránsito para asumir un compromiso presupuestal de 30 años sin contar con las autorizaciones pertinentes y porque aparentemente constituyó una sociedad de economía mixta con el fin de favorecer a un socio estratégico.
Para que la decisión quede en firme primero se debe pronunciar el Consejo de Estado, por tratarse de un servidor público de elección popular.
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