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Colombia
Juez ordena a De la Espriella abstenerse de participar en actos religiosos como presidente
La decisión responde a una tutela relacionada con su participación en una jornada de oración en Bogotá, donde el mandatario coronó una imagen de la Virgen de Fátima.
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Colprensa
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Jueves, 24 de Septiembre de 2026

El Juzgado 804 Transitorio de Familia de Bogotá ordenó al presidente Abelardo De La Espriella abstenerse de hacer actos y comentarios que impliquen una “manifestación de adhesión o identificación del Estado con una determinada confesión religiosa”.

La decisión tiene como origen una tutela presentada por el abogado Julio Jair Mizger Díaz, quien aseguró que el presidente vulneró sus derechos fundamentales a la libertad de conciencia, libertad de cultos y laicidad del Estado.


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El abogado puso como precedente las declaraciones entregadas por el mandatario el pasado 29 de agosto en la Plaza de Bolívar de Bogotá. Ese día se convocó una jornada de oración y velatón en Bogotá en memoria de las 331 víctimas mortales, que concluyó con la coronación de una imagen de la Virgen de Fátima.

Pero esa no es la única vez que De la Espriella realizó actos religiosos. Durante su posesión incluyó una ceremonia religiosa. Y ante las críticas respondió: “¡Que viva Cristo Rey! Que Dios bendiga a Colombia”.

En ese sentido, el juez que estudió la tutela concluyó que en Colombia existe el principio de neutralidad religiosa del Estado, lo que exige a las autoridades públicas abstenerse de identificarse o realizar actos oficiales de adhesión, incluso simbólicos, a una determinada religión o confesión, en garantía de la separación entre el Estado y las iglesias.


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“Aunque el evento tuvo una finalidad pública legítima relacionada con la solidaridad y la ayuda a las personas afectadas por el terremoto, lo cierto es que la actuación específica del señor Presidente desbordó dicha finalidad, pues como jefe de Estado no se limitó a asistir al encuentro o a acompañar institucionalmente la actividad, sino que participó directamente en un acto de naturaleza inequívocamente religiosa, al imponer la corona a la Virgen de Fátima, símbolo propio de la religión católica”, dice el fallo publicado por el periódico El Tiempo.

La decisión del juzgado no contempla, sin embargo, una declaración pública del mandatario de respeto a la neutralidad religiosa del Estado, como lo había solicitado el abogado.

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