El Gobierno Nacional, bajo la presidencia de Abelardo de la Espriella, expidió el Decreto 1368 de 2026 con el cual se levanta la suspensión general para el porte de armas de fuego en Colombia. La norma deroga los decretos 2362 de 2018 y 1482 de 2025 que mantenían congeladas estas autorizaciones en el país, permitiendo que las personas con permisos individuales vigentes y sin sanciones puedan volver a portar su armamento sin requerir un salvoconducto o permiso especial adicional.
El presidente De la Espriella defendió la medida al argumentar que el 99,9 % de los delitos se cometen con armas ilegales y sostuvo que "no hay derecho a que los bandidos estén armados y la gente no pueda defenderse". Pese al anuncio, las autoridades aclararon que la norma no equivale a un porte libre ni elimina las restricciones previstas en el Decreto Ley 2535 de 1993 y la normativa sobre armas, municiones y explosivos.
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Requisitos para obtener o conservar el permiso
El levantamiento de la suspensión no genera autorizaciones automáticas para la ciudadanía. Quienes busquen tramitar o mantener un salvoconducto de porte deberán acreditar:
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Tener mínimo 25 años de edad.
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Contar con el permiso vigente emitido por la autoridad militar competente y vinculado al arma registrada.
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No registrar antecedentes judiciales ni administrativos que impidan el trámite.
- Aprobar el certificado médico, la evaluación de aptitud psicofísica y el examen teórico sobre manejo responsable de armas
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Excepciones y permisos excluidos
El artículo 6 del decreto especifica que la medida no reactiva permisos vencidos, suspendidos individualmente, cancelados, revocados o vinculados a procesos con decomiso. Tampoco aplica para quienes tengan restricciones judiciales de porte o para las autorizaciones limitadas exclusivamente a la tenencia, las cuales solo permiten la posesión dentro del inmueble registrado y no el transporte en espacios públicos.
Controles de las autoridades y nuevas restricciones
La Fuerza Pública, la Policía Nacional y el Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos mantendrán los controles de inspección, verificación de identidad y correspondencia entre el arma y el salvoconducto. Las autoridades conservan la facultad de incautar el armamento ante irregularidades, al tiempo que el Gobierno Nacional mantiene la potestad de decretar nuevas restricciones cuando la seguridad pública u orden público lo exijan.
Tomado de El Colombiano
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