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¿Le toca trabajar este festivo del 13 de julio? Esto le deben pagar
Trabajar el festivo del 13 de julio dará derecho a un recargo del 90%, mientras comienza a aplicarse el nuevo calendario laboral colombiano.


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Colprensa
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Domingo, 12 de Julio de 2026

Los trabajadores que deban laborar durante el lunes 13 de julio de 2026 tendrán derecho a recibir una remuneración superior, gracias a la entrada en vigencia del nuevo recargo del 90% por trabajar en días de descanso obligatorio, una de las principales novedades de la reforma laboral.

La fecha tiene además un significado especial: será la primera vez que Colombia conmemore como festivo el Día de Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá, incorporado al calendario nacional mediante la Ley 2578 de 2026.

Aunque la celebración religiosa se realiza cada 9 de julio, este año el descanso obligatorio se trasladó al lunes 13 de julio, en aplicación de la Ley 51 de 1983, conocida como Ley Emiliani, que permite mover algunos festivos al lunes siguiente para conformar puentes festivos.

¿Cuánto le deben pagar si trabaja el lunes 13 de julio?

La principal novedad para este año es que el recargo por trabajar un domingo o festivo aumentó del 80% al 90% desde el 1 de julio de 2026.

Esto significa que quien labore durante el festivo no solo recibirá el pago correspondiente a las horas trabajadas, sino además un recargo adicional equivalente al 90% sobre el valor de la hora ordinaria.


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La reforma laboral estableció una transición gradual para este beneficio:

-Hasta junio de 2026 el recargo era del 80%.

-Desde el 1 de julio de 2026 pasó al 90%.

-En julio de 2027 llegará al 100%.

¿Y si también trabaja horas extras o en la noche?

Si durante el festivo el trabajador realiza horas extras, trabaja en horario nocturno o se presentan ambos casos al mismo tiempo, esos recargos no reemplazan el del trabajo en festivo.

Cada concepto debe liquidarse de manera independiente y luego sumarse al valor total que recibirá el empleado, conforme a la legislación laboral vigente.

¿Quiénes recibirán este beneficio?

El descanso remunerado aplica tanto para trabajadores del sector público como del sector privado. Sin embargo, muchas actividades económicas no pueden detener su operación durante los festivos.

En esos casos, el empleador puede solicitar que sus trabajadores presten el servicio, pero deberá reconocer el pago adicional establecido por la ley.

Entre los sectores donde este beneficio tendrá mayor impacto están comercio, restaurantes, hoteles, turismo, transporte, servicios de alimentación y empresas con operación permanente.

Según el Ministerio del Trabajo, precisamente estos sectores concentran buena parte de los empleados que laboran durante fines de semana y festivos.

El festivo coincide con otros cambios de la reforma laboral

La entrada en vigor del nuevo recargo coincide con otra transformación importante para las empresas y los trabajadores.

A partir del 15 de julio continuará la reducción gradual de la jornada máxima legal semanal prevista en la Ley 2101 de 2021. La jornada pasará de 44 a 42 horas semanales, sin afectar el salario de los trabajadores.

¿Qué cambia para las empresas?

La reducción de la jornada modifica el valor de la hora ordinaria de trabajo. Por ello, las empresas deberán actualizar sus procesos de liquidación de nómina para calcular correctamente.

Por ejemplo, el nuevo valor de la hora laboral, las horas extras, los recargos nocturnos, y los recargos por domingos y festivos. Todo deberá liquidarse conforme a las nuevas reglas que comenzaron a implementarse durante julio.


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¿Por qué este nuevo festivo ha generado polémica?

Con la entrada en vigencia de la Ley 2578 de 2026, Colombia pasó a tener 19 días festivos al año, convirtiéndose en el país con más festivos entre los miembros de la Ocde.

La creación de este nuevo día de descanso ha sido cuestionada por diferentes gremios empresariales, que advierten un incremento en los costos laborales y una posible afectación sobre la productividad.

Las críticas también llegaron a la Corte Constitucional. La ley ya fue demandada, pero el festivo sigue vigente. El pasado 9 de junio, el ciudadano Rodrigo Ospina Ortiz presentó una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 2578 de 2026.

La demanda plantea varios argumentos principales como que la norma vulnera el principio de Estado laico al privilegiar una celebración de la religión católica. Asimismo, que la ley fue aprobada sin el análisis obligatorio de impacto fiscal por parte del Ministerio de Hacienda. Y que el nuevo festivo incrementa los costos de nómina y afecta la libertad económica de las empresas.

No obstante, mientras la Corte Constitucional no tome una decisión definitiva, la ley continúa vigente. Eso significa que el festivo del lunes 13 de julio debe respetarse y los trabajadores pueden exigir tanto el descanso remunerado como el pago correspondiente si deben laborar durante esa jornada.

Los escenarios que podría estudiar la Corte Constitucional

El abogado Andrés Felipe Velásquez, socio de Velásquez Osorio Abogados, explicó a La República que la creación del festivo no constituye necesariamente un beneficio para la Iglesia Católica.

Según el jurista, la Constitución permite reconocer el valor histórico, cultural, artístico y turístico que distintas confesiones religiosas han tenido en la construcción de la identidad nacional.

Además, señaló que el efecto de la ley es principalmente laboral, ya que el descanso remunerado beneficia a todos los trabajadores sin importar sus creencias religiosas.

Velásquez indicó que la Corte Constitucional tendría cinco posibles caminos para resolver la demanda. Tres de ellos mantendrían vigente la norma, por ejemplo, una sentencia inhibitoria por razones técnicas. Además, declarar la ley exequible por su valor histórico y cultural;: y declararla exequible de manera condicionada, aclarando el alcance de la norma.

Los otros dos escenarios modificarían o eliminarían la ley como una inexequibilidad parcial, que mantendría el festivo pero eliminaría las referencias religiosas. Y una inexequibilidad total, que derogaría completamente la norma y, con ella, el nuevo día de descanso.

Mientras la Corte adopta una decisión, el festivo del 13 de julio de 2026 continúa plenamente vigente y quienes trabajen durante esa jornada deberán recibir el nuevo recargo del 90%, uno de los primeros cambios que comienza a materializar la reforma laboral en Colombia.


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