La Sala de Reconocimiento de Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó crímenes de guerra y de lesa humanidad a 12 máximos responsables de planificar, facilitar y sostener la violenta toma paramilitar del puerto petrolero entre 1998 y 2000.
Entre los imputados figuran nueve antiguos oficiales del Ejército, dos de la Policía y un exfuncionario de seguridad de Ecopetrol.
Esta decisión judicial constituye el primer auto de determinación de hechos y conductas del Caso 08, que investiga crímenes de agentes estatales cometidos en asociación con el paramilitarismo.
Para consolidar este caso, la JEP recurrió a compulsas de copias de la justicia de Justicia y Paz que habían permanecido archivadas o sin condena, respaldadas por inspecciones a archivos de inteligencia militar y batallones regionales.
De acuerdo con el auto judicial, los imputados consolidaron una alianza criminal con los paramilitares del Bloque Central Bolívar y las Autodefensas de Santander y el Sur de Cesar (AUSAC).
La coalición militar-paramilitar, de acuerdo con lo reportado por la JEP, se fijó como objetivo prioritario expulsar de la zona a las guerrillas, a las que catalogaron como el “enemigo común”.
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Sin embargo, bajo esta premisa contrainsurgente, el aparato represor extendió la etiqueta de “guerrilla” de forma arbitraria. La persecución y los ataques armados se dirigieron de manera selectiva contra los habitantes de los barrios orientales de la ciudad, los movimientos sindicales de la Unión Sindical Obrera (USO) y los defensores de derechos humanos de Corporación Regional Para La Defensa De Los Derechos Humanos, CREDHOS.
El impacto de este acuerdo criminal se tradujo en una tragedia inmediata: solo en 1998, los hechos violentos atribuidos a agentes del Estado en Barrancabermeja se dispararon en más de un 1.309 %, pasando de 22 a 310 en un solo año.
“La toma paramilitar de Barrancabermeja no fue una guerra entre bandos: fue la ejecución sistemática de un plan para borrar a quienes fueron señalados como el enemigo”, afirmó la magistrada Catalina Diaz.
Los 9 exmilitares imputados son:
1. Brigadier general (r) Héctor Eduardo Peña Porras, comandante del Batallón de Contraguerrillas No. 45 entre noviembre de 1997 y noviembre de 1999. Imputado bajo la modalidad de responsabilidad por omisión.
2. Fernando Millán Pérez: Brigadier general (r), comandante de la Quinta Brigada del Ejército entre diciembre de 1996 y diciembre de 1998. Imputado bajo la modalidad de responsabilidad por omisión.
3. Brigadier general (r) Alberto Bayardo Bravo Silva, comandante de la Quinta Brigada del Ejército entre diciembre de 1998 y septiembre de 1999. Imputado bajo la modalidad de responsabilidad por omisión.
4. José Domingo García García: Comandante del Batallón de Inteligencia No. 2 (BITE2), adscrito a la Brigada 20 del Ejército.
5. Juvenal Ovidio Brugés Palmera (conocido como Felipe): Oficial de inteligencia militar del Batallón de Inteligencia No. 2 (BITE2).
6. Oswaldo Prada Escobar: Capitán y oficial de inteligencia del Batallón de Artillería Nueva Granada.
7. Jesús Herrera García: Mayor y segundo comandante del Batallón de Contraguerrillas No. 45 “Héroes de Majagual”.
8. Carlos Eduardo Avendaño: oficial de operaciones del Batallón de Artillería Nueva Granada.
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9. Óscar Diego Sánchez Vélez: comandante del Batallón de Artillería Nueva Granada.
Dos exintegrantes de la Policía y un civil imputados:
10. Juan Carlos Celis Hernández: teniente y jefe de la SIJIN de la Policía en Barrancabermeja.
11. Nilson Durán Durán, subintendente de la Policía Nacional.
12. José Eduardo González Sánchez: Capitán retirado del Ejército, quien se desempeñaba como segundo al mando en el área de seguridad de la Refinería de Ecopetrol en Barrancabermeja y fungió como “actor bisagra” de la alianza criminal, según la JEP.
Generales imputados por omisión y el rol “bisagra” de Ecopetrol
En la estructura de responsabilidad definida por la JEP, se imputaron cargos de coautoría a nueve oficiales del Ejército y la Policía por su participación activa y preparativa.
Paralelamente, la Sala llamó a reconocer responsabilidad por omisión a tres altos exmandos militares: los brigadieres generales (r) Héctor Eduardo Peña Porras (excomandante del Batallón de Contraguerrillas 45), Fernando Millán Pérez y Alberto Bayardo Bravo Silva (ambos excomandantes de la Quinta Brigada).
El tribunal acreditó que los tres generales contaban con la dotación, información y competencias para prevenir los crímenes y proteger a la población, pero decidieron deliberadamente no actuar.
Un elemento central del engranaje fue el capitán retirado del Ejército José Eduardo González Sánchez, quien ejercía como segundo al mando del área de seguridad de la refinería de Ecopetrol.
González Sánchez operó como un “actor bisagra” que idóneo para conectar los intereses corporativos de seguridad privada, a sus antiguos colegas militares del Ejército y a los comandantes paramilitares.
El mismo procesado reconoció ante la JEP que, mientras laboraba para Ecopetrol, recibía pagos periódicos en efectivo como parte de la nómina de los comandantes paramilitares ‘Camilo Morantes’ y ‘Panadero’.
Las masacres del terror: de alertas ignoradas a complicidad policial la JEP logró reconstruir e investigar un patrón sistemático de coordinación directa en 14 masacres registradas durante la toma.
Masacre del 16 de mayo de 1998: el acto inaugural del plan
Ocho días antes, el presidente de la USO alertó personalmente al general Fernando Millán del inminente ataque paramilitar, pero la advertencia fue ignorada.
La noche de la masacre, reporta la JEP, el capitán de inteligencia militar Oswaldo Prada Escobar entregó a los paramilitares al informante alias Maicol para que señalara a las víctimas en los barrios populares.
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Simultáneamente, el mayor de contraguerrillas Jesús Herrera garantizó el libre tránsito de los vehículos paramilitares por la base de La Lizama , y el oficial de operaciones Carlos Eduardo Avendaño retiró los carros blindados que custodiaban el ingreso a la ciudad. Siete personas fueron asesinadas y 25 desaparecidas.
Los soldados de las bases cercanas de Termoeléctrica y Pozo 7 escucharon los disparos por más de una hora y se quedaron acuartelados, mientras el comandante del Batallón Nueva Granada, Óscar Sánchez Vélez, celebraba en una fiesta junto a mandos policiales y fluviales, según la Jurisdicción Especial de Paz.
Al día siguiente, el teniente Juan Carlos Celis Hernández (jefe de la SIJIN en la épooca) ubicó el escondite de los agresores únicamente para increparlos porque el número de muertes excedía lo pactado e instarlos a huir dándoles cinco minutos de ventaja antes de que llegaran las patrullas.
Masacre del 28 de febrero de 1999
A pesar de las alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo con semanas de anticipación, la incursión se facilitó.
El subintendente de policía Nilson Durán Durán admitió haberse reunido con los paramilitares y haberles aconsejado perpetrar el ataque en fin de semana para aprovechar que el pie de fuerza de vigilancia policial era mínimo. En esa jornada, paramilitares asesinaron a 8 personas en un bazar comunitario.
Masacre del 4 de octubre de 2000. Perpetrada tras la infiltración de alias Sonia (informante militar convertida en paramilitar) en una junta comunitaria, lo que facilitó el asesinato selectivo de seis civiles, incluidos dos menores de edad.
Para la JEP, la toma paramilitar buscó deliberadamente desarticular la organización social de Barrancabermeja. La USO sufrió una persecución masiva, registrando 116 asesinatos de miembros entre 1986 y 2011, siendo catalogada como la tercera fuerza sindical con mayor victimización del país.
El acoso incluyó falsos montajes judiciales y atentados, como los sufridos por el expresidente de la USO, Hernando Hernández Pardo .
De igual forma, CREDHOS y su presidente, Iván Madero Vergel, vivieron torturas, detenciones y un forzoso exilio a causa de su labor de documentación.
La JEP tiene actualmente acreditadas a 483 víctimas individuales y 15 sujetos colectivos (incluyendo a la USO, CREDHOS y la Asociación Campesina del Valle del Río Cimitarra).
Uno de los hallazgos más crudos de la investigación apunta al uso sistemático del río Magdalena como un “dispositivo de terror”.
Los pescadores locales declararon en audiencias que sus redes y atarrayas extraían con regularidad restos humanos desmembrados que los paramilitares lanzaban para desaparecer los cuerpos.
Esta violencia apagó la vida fluvial, el transporte cotidiano y “silenció las fiestas, los cantos y las oraciones tradicionales de la región”.
Los 12 imputados han sido formalmente notificados y disponen de 15 días hábiles para definir su estrategia judicial, dice la JEP. Tienen dos caminos.
El primero es reconocimiento de verdad, es decir, si admiten los cargos y aportan información exhaustiva, la Sala remitirá una Resolución de Conclusiones al Tribunal para la Paz para fijar sanciones con carácter restaurativo.
Si niegan los cargos, el caso se remitirá a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA), donde enfrentarán un juicio penal que puede acarrear penas ordinarias de hasta 20 años de prisión.
Paralelamente, la JEP abrirá una mesa de diálogo vinculante con las víctimas y la empresa Ecopetrol para definir de manera conjunta planes concretos de reparación colectiva e institucional con base en las verdades judiciales arrojadas por este histórico fallo.
Tomado de El Colombiano.
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