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Procuraduría ratifica suspensión de seis meses al senador Álex Flórez por escándalo borracho en Cartagena
El Ministerio Público le rebajó de ocho a seis meses la sanción tras las disculpas que ofreció a los afectados.
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Colprensa
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Sábado, 26 de Octubre de 2024

De ocho a seis meses, rebajó la Procuraduría General de la Nación, la suspensión e inhabilidad impuesta al senador del Pacto Histórico, Alex Xavier Flórez Hernández, por haber protagonizado actos calumniosos y en estado de alicoramiento contra tres integrantes de la fuerza pública.

De acuerdo con el Ministerio Público, el fallo, que es en segunda instancia, ratifica que el senador maltrató verbalmente a los uniformados, al recepcionista de un hotel en el que se alojaba, porque negaron el acceso a una acompañante por no demostrar que era mayor de edad.

La Procuraduría reconsideró el término de la sanción impuesta al integrante de la corporación legislativa en decisión de primera instancia, teniendo en cuenta que después de cometer la conducta conocida, Flórez Hernández se retractó pública y voluntariamente de sus afirmaciones.

Además, intentó reparar el daño por iniciativa propia y presentó excusas a los miembros de la Policía Nacional víctimas de su comportamiento ilícito y a sus familias, tratando de subsanar los derechos afectados.


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Según el Ministerio Público “el senador investigado atentó contra los derechos de los policiales (…)” y “(…) lesionó su integridad moral, su honra, su buen nombre y dignidad personal”, enviando un mensaje de anarquía que va en contravía del Estado Social de Derecho y frustrando la expectativa que se tiene de quienes ostentan los más elevados cargos de la jerarquía estatal.

Por último se señala que en atención a que la Corte Constitucional determinó que es imperioso asegurar que las decisiones sancionatorias de suspensión e inhabilidad que impone la Procuraduría contra los servidores de elección popular en ejercicio de sus funciones no pueden quedar ejecutoriadas ni ser ejecutables antes de que su determinación final se defina por medio de sentencia que expida un juez, la entidad señaló que este fallo deberá ser conocido por la jurisdicción de lo contencioso administrativo.


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