Amables lectores: pensión es una cantidad de dinero que recibe periódicamente una persona al cumplir ciertos requisitos. Durante su vida laboral el pensionado hizo aportes proporcionales a sus ingresos al fondo de pensiones correspondiente y esos dineros entregados le permiten disfrutar de ese auxilio periódico en dinero.
Al acercarse la hora de solicitar su pensión, tenga en cuenta que debe saber si está afiliado a Colpensiones, el fondo de pensiones del Estado o a un fondo privado; cada uno de ellos exige diferentes requisitos. Las condiciones básicas a cumplir en Colpensiones son edad y tiempo de cotización. Desde el 2015, la edad para mujeres es de 57 años y de 62 años para los hombres y en ambos sexos se exigen 1300 semanas cotizadas.
En el régimen de fondos privados el principal requisito para solicitar pensión de vejez es que el capital acumulado en la cuenta individual de ahorros del afiliado, le permita a las tasas de mercado, obtener una pensión mensual superior al 110% del salario mínimo legal vigente.
En caso de no tener en su cuenta individual el capital suficiente para obtener ese 110% de pensión puede acceder a una pensión mínima de vejez. Para lograrlo los hombres deben tener 62 años de edad y las mujeres 57 años y haber cotizado por lo menos 1150 semanas y no disfrutar de un ingreso superior a un salario mínimo legal por mes, al momento de hacer la solicitud. Si no reúne las condiciones anteriores puede solicitar la devolución total del saldo existente en la cuenta de ahorro individual.
El régimen que maneja Colpensiones, llamado de prima media, cuenta hoy con cerca de 2 millones de afiliados. La mesada que se recibe como pensión está entre el 55% y el 65% del promedio del salario devengado en los últimos 10 años de trabajo. En los fondos privados la pensión que se recibirá depende del capital acumulado. Entre más se ahorre mayor será la pensión. En estos fondos no existe el requisito de edad ni semanas cotizadas.
El aporte al fondo se puede mejorar con un ahorro voluntario, con beneficios tributarios que en el futuro servirá de soporte para obtener una mayor pensión. En los fondos privados se puede pactar un retiro voluntario con una renta vitalicia definida. Se debe mantener en su cuenta individual de ahorros los fondos suficientes para obtener pagos mensuales a partir de una fecha predeterminada.
Es lamentable que pese a la urgencia de una reforma pensional, solicitada muchas veces por diversos gremios y estamentos sociales, para evitar el colapso del sistema, irresponsablemente se ha dejado este tema para el próximo gobierno. Santiago Montenegro, Presidente de la Asociación de Fondos Privados de Pensiones, afirma que cuando le han planteado al actual gobierno este tema de máxima prioridad para el país, los Ministerios de trabajo, Hacienda y la misma Colpensiones responden: “no trabajamos en la actualidad sobre proyecto alguno de reforma pensional”.
El régimen como existe en la actualidad es insostenible, porque solo dos personas cotizan por cada adulto mayor. En la actualidad el hueco pensional que se cubre con cargo al presupuesto nacional es de 38 billones anuales. Cuando se habla de reforma pensional muchos piensan en cerrar Colpensiones olvidándose que jurídicamente se deben respetar los derechos adquiridos de los ya pensionados y de los que tienen expectativas ciertas de pensionarse pronto. La informalidad es el gran problema para el futuro del régimen pensional. De la fuerza laboral activa solo una mínima parte cotiza a pensión.