Las autoridades, como lo dice el artículo 2 de la Constitución, han sido instituidas, entre otros fines, con el de promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes, así como para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.
El artículo 13 de la Carta Política consagra el derecho fundamental a la igualdad real y efectiva, y dispone que el Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados.
De acuerdo con el artículo 7 de la Constitución, el Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.
El Estado debe cumplir esos mandatos constitucionales, y lo debe hacer de manera permanente y eficiente. Y adelantar las políticas indispensables para realizar, más allá de la teoría y el discurso, los postulados del Estado Social de Derecho. Pero no por presión, y menos todavía como respuesta al ejercicio de la violencia.
Varias comunidades indígenas, desalojadas de su territorio, ocuparon durante meses el Parque Nacional de Bogotá, en condiciones deprimentes -inclusive, murieron niños, expuestos a la intemperie-. En mayo de este año llegaron a un acuerdo con la alcaldía del Distrito Capital y desalojaron el Parque, sobre la base de varios compromisos que contrajo la administración en materia de ubicación de sus integrantes en otro lugar, en condiciones dignas.
Todo indica -según informan los medios- que la administración no cumplió lo acordado, y que las condiciones en que se encontraban los indígenas de la comunidad Embera en el sitio señalado para su habitación, no correspondieron a lo pactado: instalaciones deficientes, carencias, falta de servicios públicos, nula atención en salud, y hasta les faltaba lo mínimo para la adecuada alimentación y subsistencia de las familias, en especial de los niños.
El pasado miércoles 19 de octubre, en el centro de Bogotá, grupos de hombres y mujeres señalados como indígenas de esa comunidad -armados de palos, piedras y otros instrumentos contundentes- se enfrentaron a la fuerza pública, atacaron edificios, golpearon sin misericordia a intermediarios de paz y a miembros de la Policía Nacional, en el curso de una jornada agresiva y violenta, que culminó con numerosas personas heridas y bienes averiados, todo en señal de protesta por el incumplimiento de la administración.
Esa misma noche, altos funcionarios nacionales y distritales se reunieron con representantes de la comunidad indígena, dialogaron, se enteraron de las apremiantes necesidades, y en pocas horas fueron restablecidos los servicios públicos, se envió comida a las familias y fueron atendidos otros reclamos.
Es decir, se procedió al diálogo y al cumplimiento, como ha debido hacerse de tiempo atrás. Pero solamente se hizo a raíz de las acciones violentas. Un pésimo mensaje al país: para que el Estado cumpla sus compromisos y deberes, la violencia es el mecanismo más efectivo.
Grave error. El Estado debe cumplir sus compromisos con las comunidades por estar obligado a ello, según sus funciones constitucionales, no bajo la presión de la violencia. Y las comunidades deben entender que los derechos no se reclaman mediante la violencia y el delito, y que sus autores tienen que responder ante la Justicia.