Razones de la problemática
La Mecuc precisó que la problemática actual de las personas privadas de la libertad en los centros de detención transitoria administrados por ellos, tiene su origen en la desnaturalización de estas instalaciones, las cuales fueron concebidas exclusivamente como lugares de tránsito temporal para personas capturadas, mientras se resuelve su situación jurídica.
“No obstante, debido a la imposibilidad de realizar traslados oportunos a los establecimientos penitenciarios y carcelarios del orden nacional, estas personas permanecen de manera prolongada en instalaciones policiales”, agregaron.
Según afirmaron, esta situación obedece, entre otros factores, a la congestión del sistema penitenciario y carcelario, el incremento de las medidas de aseguramiento intramurales, la limitada infraestructura carcelaria disponible y las dificultades de articulación interinstitucional.
Por otra parte, la Policía señaló que, en algunas estaciones y CAI de la zona urbana, si bien existe infraestructura destinada a CDT, actualmente no se encuentran albergando personas privadas de la libertad, debido al avanzado deterioro de las instalaciones, lo cual incrementa el riesgo para la vida e integridad de esta población.
Le puede interesar: La canción de Julieta Venegas que muchos creyeron del Mundial y terminó envuelta en críticas
“De igual manera, en las subestaciones y estaciones de Policía ubicadas en zonas rurales, por razones de seguridad derivadas de afectaciones contra la Fuerza Pública durante las últimas vigencias, se ha optado por no ubicar reclusos en dichas unidades, como medida preventiva”, expusieron.
Acciones adelantadas
Frente a las acciones adelantadas para mitigar esta problemática, la Policía Metropolitana de Cúcuta ha implementado medidas orientadas a garantizar condiciones mínimas de dignidad y respeto por los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad bajo su custodia temporal.
Dentro de estas destacaron la coordinación permanente para la conexión oportuna a audiencias judiciales programadas, la habilitación de espacios para visitas de familiares, conforme a condiciones de seguridad, la realización de brigadas de salud en articulación con entidades competentes y el desarrollo de brigadas jurídicas para la orientación de las personas privadas de la libertad, entre otras.
“Sin perjuicio de lo anterior, reiteramos que la permanencia prolongada de personas privadas de la libertad en instalaciones policiales desborda la función constitucional de la Policía Nacional, la cual corresponde principalmente al apoyo a la administración de justicia, más no a la administración del sistema penitenciario”, añadieron.
En virtud de lo anterior, la Policía Metropolitana ha venido adelantando de manera reiterada comunicaciones oficiales dirigidas a las entidades competentes del orden nacional y territorial, así como a los organismos de control, en las que se pone en conocimiento la situación crítica de hacinamiento y se insta a la adopción de medidas urgentes y estructurales que permitan superar la problemática existente, todo en cumplimiento de las órdenes impartidas por la Corte Constitucional y demás disposiciones vigentes.
Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en http://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion