Detalles del impuesto
En 1988, el Gobierno Nacional expidió el decreto 2331 como respuesta temporal a la crisis financiera. En 1999 la Corte Constitucional expidió las sentencias C-122 y C-136 para cambiar el destino del recaudo a la banca pública, a las cooperativas financieras y a los alivios para los deudores del sistema de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (Upac).
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Este cambio acabó con uno de los mitos más comunes: el impuesto del 4x1.000 no está dirigido a la banca privada, sino que dicho sector solo se encarga de su recaudo y transfiere el monto al Gobierno Nacional. Este dinero equivale a cerca de 5% del recaudo total para las finanzas públicas.
En 2000, el impuesto se convirtió en una medida permanente de $2 por cada $1.000, la cual se aplica a movimientos en cuentas corrientes y de ahorro, tarjetas de crédito, fondos de valores, uso de cheques, créditos, traslado de fondos, recaudos y pago de obligaciones.
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Según información de la Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia (Asobancaria), ese mismo año “la tasa se incrementó a 3X1.000 con la Ley 633, y en 2003 se elevó a 4X1.000, de manera transitoria hasta 2007 (Ley 863). Sin embargo, en 2006 la tarifa del 4X1.000 se fijó hasta hoy (Ley 1111)”.
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Diario La República