A través de la circular 0039 del 13 de julio de 2021, el Ministerio del Trabajo reiteró la prohibición legal para exigir tarjeta militar para ingresar a un empleo.
Dicha prohibición, reseñó la cartera, aplica tanto para entidades públicas o privadas, que “no podrán exigir al ciudadano la presentación de la tarjeta militar para ingresar a un empleo”.
Y, en ese sentido, las personas no aptas exentas o que hayan superado la edad máxima de incorporación contarán con un periodo de 18 meses, desde la vinculación laboral, para definir la situación militar.
En el caso de quienes quieran ejercer cargos públicos, “la situación militar se deberá acreditar para celebrar contratos de prestación de servicios como persona natural”. Sin embargo, se reiteró que “La presentación de la tarjeta militar no se le podrá exigir a un ciudadano para un empleo”.
“Hacemos un llamado a los empleadores del sector privado para que se abstengan de exigir este documento como requisito para la vinculación laboral, en especial a los jóvenes entre 18 y 28 años que acceden a su primer empleo”, dijo el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera.
En su comunicado, el ministerio concluyó asegurando que “el Gobierno Nacional se encuentra comprometido con la implementación de estrategias para la reactivación económica, promoción del empleo y empleabilidad de los jóvenes”.
Lea aquí: Circular 0039 del 13 de julio de 2021
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